En centésima novena sesión de juicio a Fujimori
Representante del Ministerio Público también presentó documentos que desde su perspectiva, demostrarían que ex mandatario aprobó acciones de Destacamento Colina. Abogado de ex mandatario, afirma que pruebas carecen de valor probatorio Por novena sesión consecutiva, continuó el debate sobre las pruebas presentadas por el Fiscal Adjunto Supremo doctor Avelino Guillén Jáuregui, esta vez, respecto a los hechos relacionados con el caso La Cantuta y la presunta aprobación por parte del ex Presidente de la República Alberto Fujimori y el ex asesor Vladimiro Montesinos de las operaciones ejecutadas por el Destacamento Colina.
En esta sesión, el Fiscal Adjunto Supremo argumentó ante la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia, el valor probatorio de este paquete de documentos, entre los cuales, figuran cinco declaraciones del ex jefe de la División de Fuerzas Especiales del Ejército (DIFE) General EP Luis Pérez Documet, dos declaraciones del General Nicolás Hermoza Ríos, el documento Informe de Resultados del caso La Cantuta, y los libros Ojo por ojo y “Lecciones de este siglo”.
Respecto a Pérez Documet, el representante del Ministerio Público, indicó que dicho ex oficial en sus cinco declaraciones brindadas ante diferentes instancias, reveló de manera uniforme que recibió una orden verbal vía telefónica del General Nicolás Hermoza, el 17 de julio de 1992, para que brinde apoyo al director de la Dirección de Inteligencia del Ejército (DINTE) Juan Rivero Lazo, que iba a realizar un “trabajo de inteligencia”.
Orden se cumplió “Se ha demostrado que la orden se dio, se cumplió y ejecutó, en el sentido de brindar apoyo a un grupo de inteligencia que iba a realizar un operativo en la Universidad La Cantuta”, precisó.
Añadió que este paquete de documentos revela la existencia de una conexión y trabajo concertado entre la DINTE y una unidad operativa como la DIFE para dar apoyo a un destacamento de inteligencia como Colina. Agregó que estas pruebas revelan también que en el más alto nivel de ejecución de la estrategia de guerra sucia, estaba el ex Comandante General del Ejército, Nicolás Hermoza Ríos.
Sobre las declaraciones que brindó el General Hermoza Ríos en el marco de un proceso de hábeas corpus que en 1992 interpusieron los familiares de las víctimas de La Cantuta, el Fiscal Adjunto Supremo dijo que en aquella, el ex militar manifestó que las órdenes las dictó como Presidente del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, y que admitió que en ese operativo no hubo detenidos, porque éstos fueron eliminados.
“Los documentos demuestran que el Destacamento Colina podía intervenir y desarrollar operaciones de inteligencia, incluso en zonas bajo control militar, como ocurrió en la Universidad de La Cantuta”, refirió.
La defensa de Fujimori
Sin embargo, el abogado del ex Presidente de la República, doctor César Nakazaki cuestionó la presentación de estas pruebas, porque, según dijo, responden más a una defensa mediática que jurídica.
En torno a las declaraciones del General Pérez Documet, el abogado expresó que no cumplen con el requisito de la conducencia o legalidad, por lo tanto, no pueden considerarse como pruebas en este juicio.
A diferencia del argumento del Fiscal, el abogado Nakazaki manifestó que las declaraciones del General Pérez Documet no son uniformes, por lo menos en sus aspectos centrales, razón por la cual carecen del requisito de la eficacia probatoria.
El abogado César Nakazaki, también cuestionó como prueba documental el Informe de Resultados del caso La Cantuta, que fue entregado al Tribunal por el ex miembro del Destacamento Colina, Marcos Flores Albán. “No se ha establecido la autenticidad de este Informe”, puntualizó.
Asimismo, presentó cuestionamientos a las dos declaraciones del General Hermoza Ríos, brindadas en el proceso de hábeas corpus en 1992 porque, dijo, se trata de declaraciones personales que sólo pueden incorporarse vía testimonio en el mismo juicio.
Fujimori y Montesinos
En otro momento, el Fiscal Adjunto Supremo incorporó un conjunto de documentos que, a su criterio, probarían que tanto el ex jefe de Estado, Alberto Fujimori como el ex asesor del SIN Vladimiro Montesinos, habrían aprobado las operaciones del Destacamento Colina.
Entre ellos, figuran la declaración preventiva de la ex Primera Dama, Susana Higuchi como agraviada en el proceso conocido como “Sótanos SIE”; la declaración testimonial de Hermoza Ríos ante la Vocalía Suprema de Instrucción en abril del 2004; entrevista concedida por Jesús Sosa Saavedra, en mayo del 2008 a una periodista del diario La República; y otros.
Cabe indicar, que luego del receso del mediodía de esta sesión, en ausencia del abogado César Nakazaki, intervinieron los letrados Gladys Vallejo Santa María y Adolfo Pinedo Rojas.
Sede Judicial Ate Vitarte, 20 de octubre de 2008 DIRECCIÓN DE IMAGEN Y PRENSA DEL PODER JUDICIAL
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