QUEJAS
INTEGRANTES:
RESPONSABLES:
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Tienen la responsablidad de absolver, archivar, declarar la caducidad o prescripción y/o proponer en Primera Instancia, las medidas disciplinarias de apercibimiento, multa, suspención, separación y/o destitución sobre los resultados obtenidos en las insvestigaciones efectuadas por éste e igualmente en las investigaciones realizadas por los magistrados a su cargo ante la Jefatura de la ODECMA, con conocimiento de los representantes de la sociedad ante la DECMA. Art. 46 inc. 3 (Reglamento).
JEFE DE ODECMA:
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Es responsable de proponer debidamente fundamentada, la suspención preventiva de magistrados o personal auxiliar ante el Jefe de la OCMA, de ser el caso, podrá desaprobar la propuesta efectuada por los órganos de línea contralores. Art. 19 inc. 9 (Reglamento).
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Imponer en primera instancia la sanción de apercibimiento y multa, así como proponer ante la Jefatura de la OCMA la sanción de suspensión, separación o destitución, que corresponda de los magistrados de todas las instancias de su sede judicial; asimismo de los jueces de paz y auxiliares jurisdiccionales. Art. 19 inc. 10 (Reglamento).
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Absolver en grado las resoluciones de archivo, absolutorias, de caducidad o prescripción emitidas por los responsables de los Órganos de Linea de su distrito. Art. 19 inc. 11 (Reglamento).
UNIDAD DE PROCEDIMIENTOS DISCIPLINARIOS:
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Tiene como responsabilidad de resolver de manera colegiada por tres Vocales Superiores, en segunda y última instancia los medios impugnatorios interpuestos contra las medidas disciplinarias de apercibimiento y/o multa así como absoluciones o cualquier otra resulución de archivo emitidas por las Jefaturas desconcentradas. De considerar que la irregularidad investigada amerita una sanción mayor a la impuesta, propondra la que estime pertinente ante el Jefe de la OCMA, solo en el caso de haberse interpuesto recurso impucnatorio por el quejoso o el representante de la sociedad, en uso de sus facultades de legitimidad extraordinaria. Art. 28 inc. 1 (Reglamento).
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