Principales Funciones de la Jefatura de Oficina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial
1. Abrir investigaciones por mandato de la Jefatura de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial o cuando, por cualquier medio que no sean quejas, tome conocimiento de actos, hechos y circunstancias que por su naturaleza constituyen indicios de irregular conducta funcional de magistrados y auxiliares jurisdiccionales.
2. Calificar las quejas o reclamos.
3. Programar las visitas judiciales ordinarias y extraordinarias, así como inspecciones en las diferentes dependencias jurisdiccionales en la oportunidad que considere conveniente, dando cuenta a la Jefatura de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial.
4. Disponer y practicar operativos de control.
5. Proponer debidamente fundamentada, la suspensión preventiva de magistrados o personal auxiliar ante el Jefe de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial. De ser el caso, podrá desaprobar la propuesta efectuada por los órganos de línea contralores.
6. Imponer en primera instancia, la sanción de amonestación y multa, así como proponer ante la Jefatura de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial; la sanción de suspensión, separación o destitución, que corresponda, de los magistrados de todas las instancias de la sede judicial de Lima; asimismo de los Jueces de Paz y auxiliares jurisdiccionales.
Principales Funciones de la Unidad Desconcentrada de Investigaciones y Visitas (Art. 42º ROF de OCMA)
1. Realizar las investigaciones y operativos dispuestos por la Jefatura de la Oficina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, así como las acciones de inteligencia y prevención destinadas a detectar y erradicar los casos de corrupción.
2. Tramitar en primera instancia las investigaciones y visitas dispuestas por el Jefe de la Oficina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial.
3. Proponer a la Jefatura de la Oficina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial el programa anual de Visitas Ordinarias.
4. Realizar las Visitas Judiciales a los Órganos Jurisdiccionales que disponga el Jefe de la Oficina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial.
5. Verificar la comprobación del cumplimiento de los deberes inherentes al cargo, en el ejercicio de la actividad funcional por parte de los integrantes de los órganos jurisdiccionales visitados, con revisión de libros, expedientes y demás actuados administrativos. La verificación no debe comprender aspectos cuantitativos, sino también cualitativos.
Principales Funciones de la Unidad Desconcentrada de Quejas (Art. 45º ROF de OCMA)
1. Tramitar las investigaciones preliminares y procedimientos disciplinarios derivados de las quejas escritas dispuestas par el Jefe de la Oficina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, dentro de los plazos señalados en la ley y el presente Reglamento.
2. Colaborar en la identificación de los puntos críticos en la prestación del servicio de justicia, con ocasión de las quejes bajo su conocimiento, en cuyo caso deberán formular recomendaciones, informando de estos al Jefe de la Oficina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, quien de ser el caso, las canalizará ante los órganos competentes.
3. Las demás que la ley, el presente reglamento y el Jefe de la Oficina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial le encomiende.
Principales Funciones de la Unidad Desconcentrada de Defensoría del Usuario Judicial (Art. 48º ROF de OCMA)
1. Recepcionar las quejas verbales por retardo y otras irregularidades que se formulen, las cuales constarán en un registro con Información básica sobre el quejoso, los hechos que motivan. la queja, identificación del Magistrado, Auxiliar Jurisdiccional u otro servidor quejado, medios probatorios de ser el caso y acciones realizadas por el órgano de control.
2. Tramitar las quejas verbales, desarrollando las coordinaciones necesarias para su solución, dejándose constancia de las accionas realizadas en el registro correspondiente. En caso de no verificarse la solución, se dará cuenta a la Jefatura de Oficina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, para su calificación y trámite respectivo.
3. Colaborar en la identificación de los puntos críticos en la prestación del servicio de justicia, con ocasión de las quejas bajo su conocimiento, en cuyo caso deberán formular recomendaciones, informando de estos al Jefe de la Oficina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, quien de ser el caso, las canalizará ante los órganos competentes.