Funciones:
¿QUÉ ES LA ODECMA?
La ODECMA de Lima es el órgano desconcentrado de la OCMA, que se encarga de investigar y sancionar la conducta de los Magistrados y auxiliares jurisdiccionales (excepto jueces supremos) que según la Ley configuren supuestos de responsabilidad funcional. Está encargada además de velar por la honestidad, imparcialidad y desempeño ético de los Magistrados y Servidores Judiciales, por ello tiene facultades preventivas y disciplinarias.
¿CUÁLES SON LAS PRINCIPALES FUNCIONES DE LA ODECMA?
Procesar las quejas y reclamos de los usuarios sean verbales, escritas o telefónicas.
Iniciar procedimientos disciplinarios contra Magistrados y auxiliares jurisdiccionales.
En caso de encontrar responsabilidad funcional, aplicar las sanciones de amonestación, multa, suspensión preventiva así como proponer las sanciones de suspensión y destitución.
Realizar Visitas Judiciales a los órganos jurisdiccionales y dependencias judiciales.
PRINCIPALES FUNCIONES DE LA JEFATURA DE ODECMA (ARTÍCULO 12º DEL ROF DE LA OCMA):
Artículo 12 del nuevo ROF de la OCMA.-Son funciones de la Jefatura de la ODECMA:
1. Planificar, organizar, dirigir y evaluar la ODECMA a su cargo, en coordinación con el Jefe de la OCMA.
2. Programar las Visitas Judiciales Ordinarias y Extraordinarias, así como las inspectivas en las diferentes dependencias jurisdiccionales en la oportunidad que considere conveniente, dando cuenta a la Jefatura de la OCMA.
3. Disponer y practicar operativos de control.
4. Abrir investigaciones por mandato de la Jefatura de la OCMA o cuando, por cualquier medio que no sea queja, tome conocimiento de actos que por su naturaleza constituyan conductas funcionales irregulares de magistrados y auxiliares jurisdiccionales.
5. Admitir a trámite las quejas presentadas y en el mismo acto disponer el inicio del procedimiento administrativo disciplinario.
6. Iniciar de modo excepcional investigación preliminar debidamente motivada, bajo responsabilidad; designando al magistrado investigador quien dispondrá las actuaciones necesarias para posteriormente recibir el informe respectivo, calificando y de ser el caso abrir procedimiento administrativo disciplinario o archivar los actuados.
7. Resolver en segunda instancia la apelación interpuesta contra la sanción de amonestación o multa expedida en primera instancia por el magistrado instructor.
8. Dar visto bueno a los informes finales sobre la responsabilidad y graduación de la sanción de suspensión y destitución, expedidos por los magistrados instructores a nivel de la ODECMA, pudiendo expresar sus propias motivaciones si lo considera pertinente.
9. Imponer las medidas de suspensión preventiva en el cargo, en casos de flagrancia, cuando se trate de jueces, auxiliares jurisdiccionales que realicen labor jurisdiccional y los que laboren en los diversos órganos de control como producto de los procedimientos disciplinarios que conozcan.
10. Conocer en segunda instancia las impugnaciones de resoluciones de archivo, absolución y de prescripción emitidas por los magistrados instructores de la ODECMA.
11. Disponer la acumulación de los procedimientos administrativos disciplinarios por tratarse de los mismos hechos o por su conexidad, de acuerdo a lo previsto en el Reglamento del Procedimiento Administrativo Disciplinario.
12. Proponer para su designación, al Consejo Ejecutivo Distrital, si lo hubiere, o a la Sala Plena o al Presidente de la Corte Superior respectiva, en caso no hubiere Sala Plena, la nómina de magistrados que integrarán los órganos de línea de la ODECMA.
13. Proponer ante la Presidencia de su respectiva Corte Superior, el rol de vacaciones y licencias a los magistrados y personal de la ODECMA.
14. Habilitar, de acuerdo con las necesidades del servicio, a los magistrados de control para prestar apoyo en las distintas unidades contraloras de su sede.
15. Las demás que le asigne la Ley.
Las funciones de las Unidades y áreas de la ODECMA están detalladas en el nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la OCMA aprobado por R.A. Nº 242-2015-CE-PJ, que aparece colgado en la Página Web del Poder Judicial Link de la OCMA.(Documentos).