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Son Atribuciones:
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Asumir las funciones del Consejo Ejecutivo Distrital, cuando no existe éste.
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Elevar a la Corte Suprema las propuestas de ley que elabore y, con informe, las que eleven los Jueces especializados y de paz letrados, conforme a ley.
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Designar al vocal Jefe de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura, cuando sea procedente
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Dar cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las deficiencias en el funcionamiento del Consejo Ejecutivo Distrital en caso exista.
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Nombrar y remover al sindicato departamental de quiebras.
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Conocer en última instancia las medidas disciplinarias que se aplican por los Jueces especializados o mixtos y en su caso por los jueces de paz letrados a los funcionarios y auxiliares de justicia, conforme a esta ley y el reglamento.
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