La Sala Plena de la Corte Superior de Justicia, según el
artículo 72º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es
un órgano de dirección del Poder Judicial en el respectivo Distrito Judicial. Conforman
la Sala Plena de la Corte Superior, todos los Jueces Superiores Titulares. El
quórum es de más de la mitad del número de Jueces Superiores en ejercicio.
Los acuerdos se adoptan por mayoría simple. Se reúne para la
ceremonia de inicio del Año Judicial, cuando lo convoque el Presidente o cuando
lo soliciten tres o más de sus miembros. En este último caso, si la Corte tiene
más de quince Jueces Superiores es necesario un tercio del número total de
miembros.