Atribuciones:
De conformidad con el artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son atribuciones y obligaciones del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Piura: - Representar al Poder Judicial en su respectivo Distrito Judicial.
- Convocar, presidir y dirigir las Salas Plenas y las sesiones del Consejo Ejecutivo Distrital. En ambos casos tiene voto dirimente.
- Dirigir la aplicación de la política del Poder Judicial en su distrito, en coordinación con el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
- Cautelar la pronta administración de justicia, así como el cumplimiento de las obligaciones de los magistrados del distrito judicial.
- Supervisar la asistencia y puntualidad de los magistrados, cautelando que se registre en su legajo personal.
- Ejecutar los acuerdos de la Sala Plena y del Consejo Ejecutivo Distrital.
- Conformar las Salas de Acuerdo al criterio de especialización.
- Coordinar y supervisar el cumplimiento de las labores del Consejo Ejecutivo Distrital; y, ejercer las demás atribuciones que le confieren las leyes y los reglamentos.
|
|