Solicitud de acceso a la información pública Ley N° 27806.- Podemos acceder a la información pública de las instituciones del Estado según el principio de transparencia y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información pública.
- Las entidades públicas tienen hasta 10 días hábiles para responder. Si no pudieran atenderte en ese tiempo por casos excepcionales (como información difícil de conseguir), tienen 2 días hábiles contados desde que presentaste tu solicitud para decirte la fecha en que te puedes acercar a recoger la información y darte los motivos por los que no pueden atenderte
- dentro del plazo.
- No podemos solicitar la siguiente información: tener en cuenta la Ley N° 27806 Artículo 13.- Denegatoria de acceso y Artículo 15.- Excepciones al ejercicio del derecho.
- Información que afecte la intimidad personal y/o familiar de otras personas.
- Información que involucre temas de inteligencia y/o seguridad nacional.
- Información clasificada en el ámbito militar.
- Información de negociaciones internacionales.
- Información protegida por el secreto bancario, tributario, comercial, industrial, tecnológico y bursátil.
- Investigaciones en curso de la Administración Pública que se hayan iniciado hace menos de 6 meses sin que se haya dictado una resolución final.
- Información de asesores jurídicos o abogados que puedan revelar la estrategia de la Entidad Pública ante un proceso administrativo o judicial.
- Información señalada por la Constitución o por una Ley aprobada por el Congreso de la República.
- Costo por reproducción de la información (dependiendo del formato - soporte solicitado de la información):
Información en copias: S/. 0.10 por cada unidad folio, en caso de que no supere los 14 folios será gratuito.
Información en CD: S/. 1.00
Información por correo electrónico es gratuita.
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Plazo de atención:
Diez (10) días hábiles.
Excepcionalmente, cuando materialmente sea imposible cumplir con el plazo antes indicado, por única vez, la entidad, de manera fundamentada, comunicará al solicitante, en un plazo no mayor a dos (02) días hábiles de recibida la solicitud, la fecha de entrega
de la información.
- Recurso administrativo de apelación:
En caso se deniegue la solicitud de acceso a la información, el solicitante podrá interponer recurso de apelación ante el Tribunal de Transparencia y Acceso a la información Pública o ante la misma entidad, en un plazo no mayor a 15 días hábiles; de igual manera podrá hacerlo en caso no se obtenga respuesta y opere el silencio administrativo negativo, la información recibida sea parcial o no se encuentre satisfecho con la respuesta recibida.