¿Dónde se pueden presentar las denuncias?
Las Quejas y/o Denuncias, según sea su ámbito de competencia se pueden presentar en las siguientes Oficinas:
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En las Mesas de Partes de la OCMA
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En la Mesa de Partes de la ODECMA
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En la Unidad Desconcentrada de la Defensoría del Usuario Judicial
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En las Oficinas de Quejas Itinerantes que se instalan los días de visita a los órganos jurisdiccionales
También puedes llamar:
O puedes escribir un correo electrónico a: ocmapj@pj.gob.pe.
Ubicación y teléfonos para denunciar en la odecma de san martin:
Quejas verbales
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Oficina de Quejas Verbales
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Oficina de ODECMA Sede Moyabamba - Tel. 042-582080 Anexo 31045) 2do piso Jr. Pedro Canga 354-Moyobamba.
¿Qué tipos de Quejas existen?
Existen tres maneras de presentar una Queja o Denuncia en la Oficina de Control de la Magistratura - OCMA, o en las Oficinas Distritales de Control de la Magistratura - ODECMAs, que son las siguientes:
1. QUEJA ESCRITA
Se realiza mediante la presentación de un escrito ante la Mesa de Partes de la OCMA o en las ODECMAs de cada Corte Superior de Justicia para el caso de provincias.
2. QUEJA VERBAL
Es la efectuada cuando se requiere una acción inmediata ante la queja o denuncia presentada, en ese caso se realiza personalmente ante la Oficina de Quejas Verbales de la OCMA o ante el personal encargado de las quejas verbales en las ODECMAs de cada Corte Superior de Justicia para el caso de provincias.
3. QUEJA TELEFONICA y/o PRESENCIALES
Unidad Descentralizada de Prevención Supervisión e Inspección: Celular
970806567
Quejas Presenciales: Jr. Martínez de Compagñon N° 933- 3er piso - Tarapoto
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Requisitos para presentar una queja y/o denuncia
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Nombre, documento de identidad, domicilio real y procesal del quejoso.
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Nombre, cargo y dependencia del Juez especializado, Juez Superior y/o Auxiliar quejado.
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Número del o los expedientes que motivan la queja o denuncia si es que lo conoce.
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Determinación clara y precisa de la irregularidad que se cuestiona.
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Fundamentos sobre los cuales se basa la conducta irregular del quejado.
Quejas o Denuncias
"Al tomar como fundamento que la potestad de administrar justicia emana del pueblo, y tener como misión primordial lograr el bienestar de la ciudadanía y de los que acceden al Poder Judicial en búsqueda de solución a sus conflictos de intereses planteados y a fin de crear conciencia en la opinión pública que la corrupción sólo puede ser combatida por la ciudadanía, con el apoyo del Estado, la Oficina de Control de la Magistratura - OCMA es la encargada de canalizar esta opinión en la forma de QUEJAS y/o DENUNCIAS".
¿Qué es una Queja o Denuncia?
Es la desaprobación, cuestionamiento, clamor, acusación, que los ciudadanos, usuarios del servicio expresan contra los actos de un Magistrado y/o Servidor Judicial o dependencia del Poder Judicial por actos contrarios o irregulares a la correcta administración de Justicia.
¿Qué puede Reclamar o Denunciar?
La existencia de una irregularidad o inconducta funcional de un funcionario de justicia, ya sea Magistrado, Servidor o Auxiliar Judicial dentro de un proceso de cualquier naturaleza.
Cualquier queja o denuncia realizada frente a una presunta irregularidad es susceptible de ser investigada ya que los magistrados y demás servidores del Poder Judicial, en el ejercicio de sus cargos, desarrollan funciones que la ley les señala, las que se encuentran estipuladas en la Ley Orgánica del Poder Judicial, Reglamento y supletoriamente, por el Texto Único Ordenado de la Ley de Normas Generales y Procedimientos Administrativos y los Códigos Adjetivos en materia Civil y Penal, en cuanto le sean aplicables.
Visitas Judiciales
De acuerdo a la LOPJ y el ROF de la OCMA, la ODECMA realiza Visitas Judiciales, esto es, supervisiones periódicas a los órganos jurisdiccionales (Juzgados y Salas) a fin de verificar el cabal cumplimiento de sus funciones. Las Visitas Judiciales pueden ser Ordinarias y Extraordinarias.
Las Visitas Judiciales Ordinarias se efectúan de acuerdo a una programación anual definida de acuerdo a criterios selectivos, que es publicada formalmente en el Diario Oficial.
Las Visitas Judiciales Extraordinarias se efectúan en cualquier momento, cuando las circunstancias así lo requiera, a criterio de Jefatura de ODECMA.
Las Visitas Judiciales constituyen en importante elemento de gestión institucional, que permite conocer la realidad, fortalezas y debilidades de los órganos jurisdiccionales, a partir de lo cual se efectúan las recomendaciones que correspondan, tanto a los operadores judiciales propiamente dichos (Jueces y auxiliares jurisdiccionales) como la los órganos administrativos de apoyo de la Corte Superior de Justicia de Lima, para la superación de aquellas deficiencias que atentan contra el servicio de impartición de justicia. Igualmente pueden concluir con la imposición de sanciones, cuando se establezca la existencia de responsabilidad funcional.