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JUEZ DECANO DE LA PROVINCIA DE SAN MARTÍN JURAMENTÓ AL JUEZ DE PAZ TITULAR DEL DISTRITO DE SAUCE
Juez de Paz juramentado se encuentra habilitado para asumir sus funciones en despacho judicial
JUECES DE PAZ ELECTOS DE LAS PROVINCIAS DE SAN MARTÍN, LAMAS Y MOYOBAMBA RECIBEN CURSO DE INDUCCIÓN
Fueron capacitados sobre temas relacionados a competencias jurisdiccionales y notariales, así como en faltas y procesos disciplinarios

JUECES DE PAZ ELECTOS DE MOYOBAMBA Y RIOJA RECIBEN CURSO DE INDUCCIÓN
JUECES DE PAZ ELECTOS DE MOYOBAMBA Y RIOJA RECIBEN CURSO DE INDUCCIÓN
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 254_2020 CSJ SAN MARTÍN
APROBAR el documento denominado: “PROTOCOLO PARA EL RETORNO DEL PERSONAL A LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE SAN MARTIN, CONCLUIDO EL ESTADO DE EMERGENCIA” que en anexo forma parte de la presente resolución.

1. Asesorar y absolver consultas.
2. Apoyar en el proceso de elecciones.
3. Apoyar con mobiliario y material logístico.

4. Ejecutar talleres de capacitación, Conversatorio, cursos de inducción para Jueces de  Paz y Accesitarios.



INFORMACIÓN


EL JUEZ DE PAZ EN EL PERÚ


El Juez de Paz es un ciudadano reconocido y respetado por su comunidad, es elegido por ésta democráticamente mediante un proceso de elecciones para el que son convocados los pobladores que radican o viven en el área física en la que ejercerá jurisdicción. 


Por lo general, resuelve los conflictos que son sometidos a su conocimiento mediante la conciliación y también mediante decisiones de carácter jurisdiccional o sentencias. 


¿CUÁLES SON LAS CARACTERÍSTICAS DEL JUEZ DE PAZ?


El Juez de Paz es un integrante de la comunidad.

La labor del Juez de Paz es gratuita, salvo los costos de las diligencias que se realicen fuera de su despacho 

La Justicia de Paz es rápida y de fácil acceso para la población, Los Jueces de Paz no están obligados a conocer la ley y los procedimientos legales. Pueden pronunciarse de acuerdo a su “leal saber y entender”.

Los Jueces de Paz resuelven los conflictos desde la realidad.

Los Jueces de Paz tienen un rol básicamente conciliador


¿QUIÉN PUEDE SER JUEZ DE PAZ?


De conformidad  lo establecido por el artículo 5º de la Ley No. 28545 -Ley que regula la Elección de los Jueces de Paz-, para ser Juez de Paz se requiere:

Ser peruano de nacimiento y mayor de veinticinco (25) años.

Haber residido por más de tres (3) años continuos en la circunscripción a la que postula.

Saber leer y escribir.

No estar incurso en ninguna incompatibilidad establecida por ley.

Tener ocupación conocida.

Tener dominio, además del idioma castellano, del quechua, del aymará o la lengua que predomine en el lugar donde va a ejercer el cargo.

Tener conducta intachable y reconocimiento en su comunidad


 





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Jr. Pedro Canga N° 354 Moyobamba, San Martin - Perú.
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