Imponer la sanción disciplinaria de Destitución a la servidora Fiorella Dona Ortiz Tovar, quien durante su participación como postulante y posterior ganadora de la Convocatoria CAS N.° 645-2023, vulneró el literal q) del artículo 85° de la Ley N.° 30057 y el literal j) del artículo 98.2 de su Reglamento, al transgredir los principios de probidad, idoneidad y veracidad, contenidos en los numerales 2, 4 y 5 del artículo 6 de la Ley N.° 27815 por presentar ante este Poder del Estado, el certificado de diplomado denominado “Gestión de las Contrataciones del Estado”, cuya autenticidad y procedencia ha sido negada por la Universidad Nacional de Trujillo y el Instituto de Desarrollo Gerencial.