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Historia de la Corte Suprema de Justicia


La Corte Suprema de Justicia de la República se estableció formalmente mediante Decreto Dictatorial provisorio del 22 de diciembre de 1824, emitido por el Libertador don Simón Bolívar, con el apoyo del prócer José Faustino Sánchez Carrión, en su calidad de Ministro General, dándose así cumplimiento al artículo 98° de la Constitución de 1823 que preveía su existencia y conformación1 . La instalación del más alto tribunal de justicia del país fue parte de un proceso que se dio inicio con la creación de la Cámara de Apelaciones de Trujillo, mediante Reglamento Provisional del 12 de febrero de 1821, y continuó con la constitución de la Alta Cámara de Justicia por Decreto provisorio dictado el 4 de agosto del mismo año, ambos durante el protectorado del Libertador don José de San Martín.

Manuel Lorenzo de Vidaurre y Encalada, notable jurista de la época, fue nombrado como primer Presidente de la Corte Suprema de Justicia. Los señores Francisco Valdiviezo y Prada, José Cavero y Salazar, Fernando López Aldana y Tomás Ignacio Palomeque de Céspedes fueron designados como Vocales y don José María Galdeano fue designado como Fiscal.

Desde entonces, la historia de la Corte Suprema de Justicia se ha vinculado a las sucesivas reformas constitucionales y políticas ocurridas en nuestro país. La Constitución de 1828 –que sustituyó a la de 1823– estableció que el Tribunal Supremo se integraría por siete jueces, cuyas atribuciones y funciones no variaron en la Constitución de 1834. No obstante, durante la crisis vinculada al establecimiento y la disolución de la Confederación Perú-Boliviana, la Corte Suprema de la República entró en receso, siendo restablecida en su funcionamiento como único alto tribunal del país por la Constitución de 1839, dictada tras el colapso de la Confederación. Durante la vigencia de la Constitución de 1860 se produjo el golpe de Estado bajo el gobierno provisorio de Mariano Ignacio Prado, creándose la denominada “Corte Central”, que fue desactivada al promulgarse la Constitución de 1867.

La Constitución de 1920 otorgó a la Corte Suprema facultades para resolver temas electorales, haciendo referencia por primera vez a la carrera judicial, ordenando que una ley fije las condiciones de los ascensos. Asimismo, se implantó un sistema de ratificaciones judiciales que fue mantenido por la Constitución de 1933, señalándose en esta última que la no ratificación impide el regreso al servicio judicial, pero no constituye pena ni priva al magistrado del goce de sus derechos adquiridos. La Constitución de 1979 estableció que es el Presidente de la República quien nombra a los magistrados a propuesta del Consejo Nacional de la Magistratura, en tanto que en el caso de los magistrados de la Corte Suprema, es el Senado quien debe ratificar su nombramiento.

Actualmente, la Constitución de 1993 ha reconocido a la Corte Suprema de Justicia como el máximo órgano jurisdiccional de la nación, la que conjuntamente con los órganos que ejercen gobierno y administración, conforman el Poder Judicial. La organización, funcionamiento y competencia de los órganos que conforman este Poder del Estado se encuentra previsto en el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N.° 017-93-JUS del 02 de junio de 19935.

La actual Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Dra. Elvia Barrios Alvarado, lo es también del Poder Judicial, por mandato del artículo 144° de la Constitución Política. Su elección responde al voto mayoritario de los jueces titulares de la Corte Suprema de Justicia.





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