Competencia:
Según Resolución Administrativa Nº 163-2005-CE-PJ
Establecen disposiciones para la distribución de expedientes de las Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República.
Conocerá las casaciones laborales tramitadas con arreglo a la Ley Procesal de Trabajo, Ley N° 26636, recursos de nulidad laboral; así como quejas por denegatoria de recurso de casación, contiendas de competencia e inhibitorias correspondientes a esta materia, que se encuentran en trámite y las que ingresen a partir de la fecha.
Conocerá las casaciones previsionales, casaciones en proceso contencioso administrativo tramitadas con arreglo a la Ley N° 27584, apelaciones laborales, apelaciones previsionales, apelaciones de auto laboral, apelaciones de auto previsional; así como quejas, contiendas de competencia e inhibitorias que no sean de conocimiento de la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria del Supremo Tribunal, que se encuentren en trámite y las que ingresen a partir de la fecha.
Según Resolución Administrativa de Presidencia Nº 006-2001-P-CS
Modifican distribución de expedientes de las Salas de Derecho Constitucional y Social Permanente y Transitoria de la Corte Suprema de Justicia.
SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA:
Conocerá de los asuntos laborales, las apelaciones, casaciones y recurso de nulidad de las acciones contencioso administrativas en materia laboral y previsional que hayan ingresado hasta la fecha.
Lima, 30 de abril de 2001
Según Resolucion Administrativa de Presidencia Nº 002-2001-P-CS-PJ
Establecen disposiciones para la distribución de expedientes de las salas de la Corte Suprema de Justicia de la República
Conocerá de las casaciones agrarias impares, asuntos laborales y las apelaciones de las acciones contencioso administrativas en materia laboral y previsional que hayan ingresado hasta la fecha. (*) (*) Distribución modificada respecto a esta Sala por el Artículo Primero de la Resolución Administrativa de Presidencia Nº 006-2001-P-CS, publicada el 01-05-2001, cuyo texto es el siguiente:
Primero.- Conocerá de los asuntos laborales, las apelaciones, casaciones y recurso de nulidad de las acciones contencioso administrativas en materia laboral y previsional que hayan ingresado hasta la fecha.
Segundo.- Transcribir la presente Resolución al Consejo Transitorio del Poder Judicial, a las Salas Permanentes y Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la República, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Fiscal de la Nación y a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de la República.
Lima, 30 de abril de 2001