Competencia:
Artículos
32 y 33 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial,
aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS. Código Procesal Civil, artículos
384 y siguientes. Código de Procedimientos Civiles, Título XXVII recurso de
nulidad art 1122 y siguientes.
· De los Recursos de Casación en materia civil y familia.
· De los Recursos de Apelación en materia contencioso administrativo
de procesos iniciados en las Salas Contencioso Administrativas, Civiles o
Mixtas de las Cortes Superiores de la República.
·
Las Contiendas de Competencia conforme al Código Procesal Civil.
·
De las Quejas por Denegatoria de Apelación en los procesos
contencioso administrativos.
·
De los Recursos de Nulidad en los procesos tramitados con el Código
de Procedimientos Civiles.