Competencia:
Artículo 100 de la Constitución, 34.4 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 17 del Código de Procedimientos Penales).
A la Sala Penal Especial integrada por tres Jueces Supremos le compete el juzgamiento de los altos funcionarios públicos cuando se les imputa la comisión de delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones.