Listado de resoluciones
RECURSO NULIDAD N° 1087-2025
Expediente 0046-2022
APELACIÓN N° 143-2024
CASACIÓN N° 80-2024-JUNÍN
EXPEDIENTE N° 1027-2025
EXPEDIENTE N° 033-2020
APELACIÓN PENAL 288-2021
CASACIÓN 943-2025
EXPEDIENTE 0055-2024-0- CASO VLADIMIR CERRÓN ROJAS
Según alcances interpretativos que sobre la extinción de dominio ha realizado el Tribunal Constitucional en la sentencia N° 00008-2024-PI/TC, el proceso de extinción de dominio es constitucional . Dicho proceso, está pensado para personas que forman parte de estructuras criminales y que, no es factible subordinar dicho proceso a la existencia de una sentencia condenatoria firme.
No se afecta el derecho de defensa, en su vertiente del derecho a probar, si la propia defensa técnica acepta que, nunca presentó prueba pericial de parte, a pesar que estaba en todo su derecho de hacerlo; luego no puede alegar que el Juez de instancia no realizó una pericia de oficio.
La prueba de oficio cabe de manera excepcional cuando los medios probatorios presentados por las partes son insuficientes para que el juez forme convicción. También procede cuando una prueba es indispensable para esclarecer la verdad, siempre y cuando la fuente de esa prueba haya sido citada por las partes en el proceso. El juez no debe suplir la carga de la prueba de ninguna de las partes al usar esta facultad.
Fecha: 21/10/2025
