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Título: El Despliegue de una Actividad Probatoria Suficiente como Presupuesto para Enervar el Derecho a la Presunción de Inocencia

 

La presunción de inocencia es una garantía fundamental que la Constitución Política del Estado –en su artículo 2, inciso 24, literal "e"– y la Ley Procesal Penal ofrecen al procesado, siendo ineludible para desvirtuar dicha presunción el despliegue de una actividad probatoria que sea suficiente y eficiente.

 

Base Legal: Artículo 2, inciso 24, literal e, de la Constitución Política del Perú

Número de Recurso Distrito de
Procedencia
Sala Suprema

Fecha de
Resolución

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000143-2012
Lambayeque
Sala Penal Permanente
Jan 15, 2013

000141-2012
Cusco
Sala Penal Permanente
Jan 15, 2013

000180-2012
Lambayeque
Sala Penal Permanente
Jan 14, 2013

000112-2012
Tacna
Sala Penal Permanente
Jan 14, 2013

000121-2012
Lima
Sala Penal Permanente
Jan 14, 2013

000112-2012
Tumbes
Sala Penal Permanente
Jan 14, 2013
   


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