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CORTE DE LORETO RECONOCE DERECHOS AL RÍO MARAÑÓN Y RATIFICA MEDIDAS PARA SU PROTECCIÓN

• Sentencia crea precedente, y en adelante se podrá cuestionar judicialmente toda actividad extractiva o similar que lo afecte.
La Sala Civil de la Corte de Justicia de Loreto confirmó las medidas de protección para el río Marañón, frente a los constantes derrames de petróleo del Oleoducto Norperuano operado por Petroperú, reconociendo a esta fuente hídrica y sus afluentes como titular de derecho y, por tanto, indispensable de salvaguardar.

El tribunal que emitió el emblemático fallo lo integran las juezas: Roxana Chabela Carrión Ramírez (presidenta), Betty Magallanes Hernández y Melina Vargas Ascue, mismo que ha sido catalogado como “histórico” en la defensa de la naturaleza. Ello, por ser la primera vez en la justicia del Perú en que se reconocen derechos a favor de un río, el cual es la “fuente de alimento, agua y transporte del pueblo Kukama Kukamiria”, como cita un fragmento de la resolución judicial.

A su vez, tales derechos deben enmarcarse en su protección, conservación, mantenimiento y uso sostenible; según lo establecido por la Sala Civil de Loreto.

El veredicto también obedece a “las crecientes presiones hacia los ecosistemas, los mismos que ponen en riesgo su existencia y función ambiental, social y vital; (…) a los múltiples derrames de hidrocarburos (petróleo) de los que ha sido víctima el río Marañón durante los últimos años”.   

El caso llegó a la Sala Superior en apelación solicitada por tres entidades demandadas en el proceso, el Ministerio del Ambiente, la Autoridad Nacional del Agua (adscrita al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego) y Petroperú, con el fin que se revoque la sentencia de primera instancia, dictada por el Juzgado Mixto de Nauta, el cual otorgó derechos al río Marañón y sus afluentes, así como una serie de medidas para su protección.

Por lo que, en atención a dicho recurso, la Sala Civil sometió a un nuevo análisis el caso, y concluyó con ratificar -en todos sus extremos- la mencionada sentencia. Al mismo tiempo, ha ordenado a Petroperú dar “mantenimiento efectivo, inmediato e integral” al Oleoducto Norperuano.

Destaca además sobre el fallo, el respeto a la cosmovisión de los pueblos indígenas, sustentado en el voto complementario de la magistrada Roxana Carrión: “Para el pueblo Kukama, el río Marañón es su centro del universo, tienen una conexión profunda, una relación intrínseca.”

La demanda contra dichas entidades estatales fue impulsada desde el 2021 por la Federación Huaynakana Kamatahuara Kana, conformada por mujeres indígenas Kukama Kukamiria del distrito de Parinari, en la provincia de Loreto.  

La resolución de la Corte de Loreto reafirma el compromiso de lucha y respeto por los recursos naturales, y la protección del medio ambiente para el goce de las generaciones actuales y futuras.

Iquitos, 04 de noviembre de 2024.


Fecha de Publicación 04/11/2024



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