PODER JUDICIAL CREA SUBGRUPO DE TRABAJO PARA DEFENDER LAS FACULTADES
- Nuevo Código Penal iría en contra del artículo N° 149 de la Constitución política del Perú
En el año 2011, El Poder Judicial creó la Comisión de Trabajo sobre Justicia Indígena y Justicia de Paz, con el encargo de definir la política pública del Poder Judicial respecto de los órganos que resuelven conflictos a nivel nacional fuera del Poder Judicial, en el marco del artículo N°149 de la Constitución. Como parte de su labor, la comisión presentó el proyecto de Ley de Coordinación Intercultural de la Justicia, que actualmente se encuentra pendiente de aprobación por el Congreso de la República.
Sin embargo, el Congreso viene discutiendo un nuevo Código Penal en el cual se desconocen las facultades jurisprudenciales de las rondas campesinas, acción contraria a la labor que viene realizando el Poder Judicial en los últimos 10 años en materia de rondas campesinas y derecho penal, que se puede ver reflejado en el acuerdo plenario 1-2009, donde se reconoce a las rondas campesinas facultades jurisdiccionales al igual que las comunidades campesinas y nativas. Es necesario mencionar que para la elaboración de los artículos en mención del nuevo Código Penal, no han sido consultadas las comunidades campesinas, tal como lo exige el convenio 169 de la OIT y la Ley de Consulta Previa.
Ante las omisiones del nuevo Código Penal, el Poder Judicial ha conformado un subgrupo de trabajo al interior de la Comisión de Trabajo sobre justicia indígena y justicia de paz con la finalidad de definir la postura frente a la propuesta del Nuevo Código Penal y defender el desarrollo jurisprudencial realizado por la Corte Suprema y las Cortes Superiores en interpretación del artículo N° 149 de la Constitución. Para la conformación del subgrupo, se ha llevado a cabo una amplia convocatoria y apertura para distintas posiciones sobre el tema, en especial involucrar a los propios interesados, convocando a las diferentes organizaciones nacionales de comunidades campesinas, comunidades nativas y rondas campesinas, así como también a antropólogos, abogados y filósofos, con lo cual se puede tener una visión global de la realidad de nuestro país.
“La legitimidad de la justicia rondera la ha marcado el propio ordenamiento constitucional y la realidad social del país, no se puede legislar de espaldas a esta realidad. Las rondas campesinas a nivel nacional han ganado legitimidad y lo ha reconocido así la constitución y la Corte Suprema. Este desarrollo normativo constitucional y jurisprudencial no puede ser desconocido por el Congreso porque sería una posición contraria incluso a convenios internacionales”, señaló el Magistrado Fernando Bazán en la reunión del subgrupo de trabajo llevada a cabo el pasado 17 de abril.
En el caso de no reconocerse las facultades de la justicia rondera se generaría un escenario de mayor conflictividad en el país, así como también se pasaría a criminalizar nuevamente una práctica social que no sólo está aceptada por la población, sino que también representa una forma de seguridad y protección para los mismos.
Oficina de Imagen Institucional
Cajamarca, 12 de mayo de 2015