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PRIMERA SALA PRANL CONFIRMA PRISIÓN PREVENTIVA PARA COMANDANTE PNP

  •   En contra de PNP Jorge Antonio Sánchez Ponce, investigado por el delito de Cohecho Pasivo Propio  ien el ejercicio de la función policial

La Primera Sala Penal de Apelaciones, integrada por los Magistrados Superiores: Máximo Teodosio Alvarado Romero (Presidente), Carlos Samaniego Espinoza (Director de debates) y Jimmy Ronald Arrué Cachay, mediante Auto de Vista, declararon infundada el recurso de apelación interpuesta por la defensa técnica del Investigado Jorge Antonio Sánchez Ponce.

 

Los Magistrados por unanimidad confirmaron la medida de prisión preventiva, dictada en contra del investigado Jorge Antonio Sánchez Ponce, en la investigación que se le sigue en su calidad de presunto autor del delito Contra la Administración Pública, en la modalidad de cohecho pasivo propio en el ejercicio de la función policial, en agravio del Estado, representado por la Policial Nacional del Perú, previsto en el párrafo del artículo 395-A del Código Penal.

 

Asimismo, el tribunal superior estableció el plazo de siete meses de prisión preventiva para el investigado, el cual vencerá el 06 de mayo de 2021, y se cumplirá en el Establecimiento Penal de Huancavelica. Debiendo cumplir el Ministerio Público rigurosamente con los plazos procesales.

 

Como se sabe, los hechos se remontan al 02 de octubre de 2020, cuando el investigado Jorge Antonio Sánchez Ponce - Comandante PNP, en su condición de Director de la Escuela Superior Técnico Policial de Huancavelica, y miembro del Comité del Proceso de Evaluación del Examen, habría solicitado directamente a la S.O. PNP Gabriela Karina Salazar Aylas, e indirectamente a otros Sub Oficiales, un beneficio económico a cambio de entregarles el examen que él previamente había elaborado para la especialidad de orden público y seguridad, para la obtención del título profesional técnico en ciencias administrativas y policiales de Sub Oficiales PNP, a llevarse a cabo el día 03 de octubre de 2020. Lo cual se encuentra en la etapa de la investigación preparatoria.

 

Notificada la citada Resolución de Vista, la parte afectada tiene derecho a interponer el recurso extraordinario de casación.

 

Primera Instancia

 

El Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria a cargo del Magistrado Omar M. Ramírez Julca, órgano de primera instancia declaro fundado el requerimiento de Prisión Preventiva postulado por la Fiscalía Provincial Penal Especializada en delitos de Corrupción de Funcionarios de Huancavelica, en contra del investigado Sánchez Ponce.

 

Para dictar el mandato de Prisión Preventiva, conforme al artículo 268 del Código Procesal Penal, se debe de cumplir con los tres presupuestos: a) Que existen fundados y graves elementos de convicción para estimar razonablemente la comisión de un delito que vincule al imputado como autor o partícipe del mismo. b) Que la sanción a imponerse sea superior a cuatro años de pena privativa de libertad; y c) Que el imputado, en razón a sus antecedentes y otras circunstancias del caso particular, permita colegir razonablemente que tratará de eludir la acción de la justicia (peligro de fuga) u obstaculizar la averiguación de la verdad (peligro de obstaculización).


Huancavelica, 29 de octubre de 2020


Fecha de Publicación 29/10/2020
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