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JOSÉ LEONARDO ORTÍZ: SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DICTA NUEVE MESES DE PRISIÓN PREVENTIVA EN CASO DE PRESUNTA VIOLACIÓN A PERSONA EN ESTADO DE INCONSCIENCIA

En una firme decisión judicial, el juzgado a cargo de la jueza Claudia Guerrero Quinde, dictó la prisión preventiva contra sujeto investigado por el presunto delito de violación sexual en agravio de un joven en estado de inconsciencia, tras una exhaustiva audiencia que evidenció sólidos elementos de convicción.
En el marco de la protección de los derechos fundamentales y el respeto al debido proceso, el Segundo Juzgado Penal de Investigación Preparatoria del Módulo Penal Central de José Leonardo Ortiz, presidido por la jueza Dra. Claudia Guerrero Quinde, resolvió dictar nueve meses de prisión preventiva contra R. A. O. C., investigado como presunto autor del delito contra la libertad sexual – violación de persona en incapacidad de dar su libre consentimiento, en agravio del joven de iniciales Y.C.S.T. (22 años).
Los hechos materia de investigación
Según lo expuesto por el Ministerio Público, los hechos ocurrieron el 30 de marzo de 2025, cuando el imputado habría conocido al agraviado, quien se desempeñaba como mototaxista, solicitando inicialmente un servicio de transporte. Luego de intercambiar números telefónicos, el imputado se comunicó con el joven para continuar el contacto. Posteriormente, ambos se reunieron y compartieron bebidas alcohólicas en la vivienda del agraviado, ubicada en el distrito de José Leonardo Ortiz.
Tras ingerir licor, el agraviado, según su testimonio, se quedó dormido en su habitación. Al despertar, notó que el imputado se encontraba desnudo, encima de él, cometiendo el acto de violación sexual por vía anal. En un acto de defensa, el agraviado utilizó un cuchillo para agredir al imputado, causándole cortes en la mano y oreja. El imputado abandonó el lugar, dejando su celular en la escena, y posteriormente acudió a la Comisaría de Atusparias, donde solicitó apoyo policial para recuperar su teléfono.
Al llegar la policía al domicilio del agraviado, este denunció haber sido víctima de violación sexual. El examen médico legal concluyó que presentaba signos recientes de acto contra natura, lo que sustenta la versión inicial del agraviado.
Elementos de convicción valorados por el Juzgado
Durante la audiencia, el despacho de la jueza Claudia Guerrero Quinde, junto a su equipo jurídico, realizó un análisis minucioso de los elementos de convicción presentados por la Fiscalía, los cuales fueron considerados graves y fundados. Entre ellos destacan:
• El certificado médico legal practicado al agraviado, que concluye la existencia de lesiones recientes compatibles con acceso carnal no consentido.
• El informe toxicológico, que evidenció que la víctima presentaba un grado de alcohol de 1.52 g/L, situación que habría anulado su capacidad de consentir.
• La declaración del efectivo policial, quien señaló que encontró al agraviado en evidente estado de ebriedad.
• El acta de entrevista única en cámara Gesell, donde la víctima narró los hechos con coherencia, persistencia y firmeza, ratificando que fue atacado mientras dormía.
• La visualización del contenido de los teléfonos móviles, donde se constataron mensajes que evidencian una planificación previa del encuentro.
• El informe de inspección de la escena del crimen, que encontró preservativos y botellas de cerveza, corroborando lo declarado por el agraviado.
• El acta de intervención policial, que recoge el testimonio inicial del agraviado y del propio imputado.
El juzgado, en atención a la gravedad del delito, las características del hecho y el riesgo procesal, consideró que existen suficientes elementos que configuran una alta probabilidad de comisión del delito y justifican la imposición de una medida coercitiva de carácter excepcional como la prisión preventiva.
Cabe resaltar el trabajo técnico, imparcial y comprometido del Segundo Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortiz, que bajo la conducción de la jueza Dra. Claudia Guerrero Quinde, garantizó el principio de inmediación, el respeto al derecho de defensa y una evaluación integral de los elementos presentados por ambas partes.
Durante la audiencia, la defensa del imputado alegó una supuesta inversión de roles, señalando que este habría sido víctima de agresión y hurto por parte del agraviado. Asimismo, cuestionó la validez de algunos elementos del proceso. No obstante, el despacho judicial descartó estas objeciones, enfatizando que los elementos aportados por la Fiscalía superan el estándar mínimo requerido por el artículo 268° del Código Procesal Penal para justificar una medida privativa de libertad.
La magistrada destacó que la prisión preventiva no requiere certeza absoluta, sino un alto grado de probabilidad sobre la comisión del delito y la vinculación del imputado, lo que se encuentra suficientemente acreditado en este caso.
Compromiso con la lucha contra la violencia sexual
La decisión emitida por el despacho de la jueza Claudia Guerrero Quinde demuestra una vez más el compromiso del Poder Judicial de Lambayeque con la defensa de los derechos humanos, la protección de las víctimas de delitos sexuales y el combate firme contra toda forma de violencia basada en género o vulnerabilidad.
Asimismo, el juzgado remarcó la necesidad de asegurar la presencia del imputado durante la investigación preparatoria, garantizando así el normal desarrollo del proceso sin interferencias ni riesgos procesales.
La medida de prisión preventiva regirá por un plazo de nueve meses, periodo en el cual el Ministerio Público deberá continuar con las diligencias de investigación y evaluar la formalización de la acusación correspondiente.

De esta manera, la Corte Superior de Justicia de Lambayeque reitera su firme compromiso con una justicia eficiente, imparcial y accesible, que proteja a las personas en situación de vulnerabilidad y sancione con rigor las conductas que atentan contra la dignidad humana. Todo ello, con el firme propósito de brindar una gestión al servicio de las personas.


Oficina de Imagen Institucional


Fecha de Publicación 16/04/2025



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