Poder Judicial del Perú Poder Judicial del Perú
  • Directorio
  • Justicia TV
  • Youtube
  • Facebook
  • Twitter
HomeMapa de Sitiocorreo


En aplicación de la Ley 31968

CORTE DE LIMA ESTE HACE PRELANZAMIENTO DE LA JUSTICIA ITINERANTE PARA LAS PERSONAS EN CONDICIÓN DE VULNERABILIDAD

Se presentó la mochila del juez itinerante. Los procesos seguidos bajo la Justicia Itinerante se encuentran exonerados del pago de tasas judiciales.

La presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, Rose Mary Parra Rivera de González, presentó durante la Feria Nacional “Llapanchikpaq Justicia” en Chosica la mochila del juez itinerante que es parte de la nueva Ley 31968.

Las especialidades que iniciarán son Violencia Contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar, Laboral y Juzgados de Paz Letrados. A los magistrados y magistradas se les entregó una mochila con una laptop y sus accesorios, además de útiles que les servirán para su trabajo fuera de sus despachos.

El plan piloto de implementación de Justicia Itinerante fue elaborado en conjunto entre el presidente del Poder Judicial, Dr. Javier Arévalo Vela, la jueza suprema Dra. Mariem Vicky de la Rosa Bedriñana y la presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, Rose Mary Parra Rivera de González.

La aprobación de la Ley 31968 “Ley de la Justicia Itinerante para las Personas en Condición de Vulnerabilidad” significa un gran avance en favor de las personas que por razón de su edad, género, orientación sexual, diversidad e identidad de género, discapacidad, situación de migrante, refugiado, privado de libertad, o, por circunstancias sociales, económicas, lingüísticas étnicas y/o culturales, o relacionadas con sus creencias y/o prácticas religiosas, o la ausencia de estas, encuentran especiales dificultades para ejercitar con plenitud ante el sistema de justicia los derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico.

La finalidad es garantizar el acceso a la justicia en condiciones de igualdad y sin ningún tipo de discriminación. Es por eso el desplazamiento de las autoridades que administran justicia, personal jurisdiccional y administrativo de todos los niveles y especialidades, a zonas que no cuentan con servicios inmediatos de justicia, a través de la articulación con otras instituciones que brindan servicios públicos o privados, para asegurar el ejercicio de los derechos de la población en situación de pobreza u otras condiciones de vulnerabilidad.

Este servicio está conformado por campañas de promoción y sensibilización, por la mesa de partes itinerante y diversas actuaciones procesales y servicios complementarios que prestan las instituciones públicas y privadas.

La justicia itinerante tiene competencia en casos de pensión de alimentos, ejecución de actas de conciliación extrajudicial, reconocimiento judicial de paternidad extramatrimonial, rectificación judicial de partidas de nacimiento, de matrimonio o de defunción, violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar y las demás especialidades del derecho.

La ley abre las puertas a la justicia para reforzar el trabajo de la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia del Poder Judicial, en coordinación con otros sectores del Estado e instituciones que están involucradas con la justicia itinerante bajo los alcances de esta norma.


Fecha de Publicación 26/11/2024



         • CONSEJO EJECUTIVO


        • SALAS SUPREMAS


       • ENLACES DE INTERES   
Av. Paseo de la República S/N Palacio de Justicia, Cercado, Lima - Perú / Teléfono: 410-1010
Copyright © - 2012 Todos los derechos reservados
Recomendado para IExplorer 8 o versiones superiores
Política de Protección de Datos Personales

Volver Arriba