CONDENA A ROBERTO LLAJA Y ROBESPIERRE QUINTEROS EN JUICIO DE “CASO OCROSPOMA”
En lectura de sentencia procesados cumplirán tres años de pena suspendida por los delitos de peculado doloso y delitos contra la fe pública y falsificación de documentos.
El Primer Juzgado Penal Unipersonal que aplica el Nuevo Código Procesal Penal para delitos de corrupción cometidos por funcionarios públicos de la Corte Superior de Justicia de Lima a cargo del doctor Victor Enriquez Sumerinde condenó a Roberto Julian Llaja Tafur y Robespierre Quintero Loja a la pena suspendida de tres años y seis meses y tres años y diez meses respectivamente.
En el caso de Llaja Tafur también deberán cumplir reglas de conducta establecidas por ley así como la inhabilitación por dos años y al pago de reparación civil de 10 nuevos soles a favor del Estado y de los demás demandantes.
Por su parte quintero Loja quien fue condenado por el delito contra la fe publica y falsificación de documentos y al pago por reparación civil de 5 mil nuevos soles, que será distribuido en 2 mil 500 soles para el Estado y 2 mil 500 soles para los demás agraviados.
Este proceso que continua con los otros seis procesados entre los que se encuentra el alcalde de Jesús María Enrique Ocrospoma se inició a raíz de la denuncia sobre contrataciones de bienes y servicios ficticios en la remodelación de veredas del jirón Coronel Zegarra y del Parque Barrenechea en el año 2011.
Lima, 14 de marzo de 2014
Oficina de Imagen Institucional
Corte Superior de Justicia de Lima