Por el delito de enriquecimiento ilícito
CONGRESISTA MARÍA LÓPEZ CÓRDOVA ES SENTENCIADA A 5 AÑOS DE PRISIÓN
Sentencia del Juzgado Penal Colegiado se hará efectiva una vez sea revisada por la sala superior y esta quede consentida.
El Juzgado Penal Colegiado de la Corte Superior de Justicia de Lima, sentenció a la congresista María Magdalena López Córdova y a su esposo Erlis del Castillo Cañari, a 5 años de pena privativa de la libertad la misma que será efectiva una vez que sea revisada por la Sala Superior y ésta quede consentida.
Durante la audiencia de hoy, el colegiado conformado por las jueces Fernanda Ayasta Nassif, Nayko Coronado Salazar y Gina Tapia Liendo, explicaron la evidente inconsistencia del sustento de los acusados sobre el origen de su patrimonio que se vio incrementado en más de 2 millones de dólares.
En la lectura del fallo, la magistrada Fernanda Ayasta hizo referencia del desbalance patrimonial generado por la congresista desde 1996, así como de la compra de dos embarcaciones por 160 mil dólares, considerando que Del Castillo Cañari coadyuvo a las acciones dirigidas para adquirir bienes a nombre de la congresista.
Por otro lado, el colegiado consideró que existió la comisión de delito de enriquecimiento ilícito, porque existieron fundamentos legales como el nexo causal, el tiempo de la coetaneidad y el incremento del patrimonio financiero mayor a sus ingresos y éste no fue justificado.
Cabe resaltar que uno de los puntos importantes sobre el desbalance se debe a la adquisición de las embarcaciones que, según argumentaron los procesados, adquirieron a través de un préstamo de un tercero, éste nunca se acreditó el pago durante el juicio.
Además no quedó claro por qué si Erlis del Castillo, quien contaba con una cuenta bancaria por más de un millón de dólares, necesitó de un préstamo de 160 mil dólares para la compra de las embarcaciones, las mismas que fueron pagadas al contado.
La sentencia determinó la pena 5 años de prisión efectiva y el pago de reparación civil por 200 mil soles a favor del Estado y el decomiso de las dos embarcaciones Asmar 1 y Asmar 2, así como la inhabilitación por 3 años de ambos sentenciados para ejercer cualquier cargo público. La misma que quedará consentida una vez sea determinada por la instancia superior.
Lima, 20 de enero de 2016
Oficina de Prensa e Imagen Institucional
Corte Superior de Justicia de Lima