" />
Poder Judicial del Perú Poder Judicial del Perú
  • Directorio
  • Justicia TV
  • Youtube
  • Facebook
  • Twitter
HomeMapa de Sitiocorreo


DEL SANTA: JUECES DE NUEVA LEY PROCESAL DEL TRABAJO PODRÁN DICTAR SENTENCIA EN AUDIENCIA

  • Fortalecerá la credibilidad del servicio judicial que se brinda a los litigantes

Los Jueces de Paz Letrado y Especializado del módulo de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) de la Corte Superior de Justicia del Santa podrán cumplir con expedir sus sentencias en audiencia, luego de la aprobación de la directiva denominada “Lineamientos sobre el uso del sistema administrativo de peritaje y liquidación en los procesos judiciales” en ese distrito judicial.

 

De esta manera se podrá establecer un sistema de trabajo administrativo más organizado, eficiente y eficaz en los Juzgados de Paz Letrado y Especializados (NLPT), pues los magistrados contarán oportunamente con los peritajes y liquidación de los procesos judiciales al momento de desarrollar sus audiencias, tras haberse aprobado también el flujograma para la elaboración de las pericias.

 

El Presidente de la Corte, doctor Samuel Sánchez Melgarejo manifestó que es así como se está fortaleciendo la credibilidad del servicio judicial que se brinda a los litigantes de esa sede judicial.

 

Sánchez Melgarejo se mostró satisfecho por los avances que se han logrado en materia laboral a lo largo de la presente gestión, reconociendo el esfuerzo de los jueces y servidores judiciales que laboran en la NLPT.

 

El administrador del módulo NLPT, Mariano Chávez dijo que en este rediseño de los procedimientos de peritajes y liquidaciones ha sido clave establecer plazos y responsabilidades para los servidores que intervienen en el proceso.

 

Informó que en audiencias de juzgamiento, después de desarrollarse la audiencia de conciliación, se establecieron 4 días para remitir el expediente, debidamente saneado, del especialista de audiencia al responsable del archivo modular.

 

Agregó que el responsable del archivo tiene 5 días para asignar aleatoriamente a un perito al proceso judicial, éste a su vez deberá coordinar en un día con el magistrado a fin de determinar si se amerita o no realizar una liquidación, así como las pretensiones.

 

Finalmente, dispondrá de 5 días antes de la audiencia de juzgamiento, para remitir su informe a través del sistema de pericia implementado.

 

Lima, 18 de diciembre de 2014

OFICINA DE IMAGEN Y PRENSA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA




Fecha de Publicación 19/12/2014



         • CONSEJO EJECUTIVO


        • SALAS SUPREMAS


       • ENLACES DE INTERES   
Av. Paseo de la República S/N Palacio de Justicia, Cercado, Lima - Perú / Teléfono: 410-1010
Copyright © - 2012 Todos los derechos reservados
Recomendado para IExplorer 8 o versiones superiores
Política de Protección de Datos Personales

Volver Arriba