Solo dispuso admitir a trámite demanda
constitucional
SALA DE LIMA NORTE NO RESOLVIÓ HABEAS CORPUS A FAVOR DE ORELLANA
Durante proceso se
dilucidará si se afectó o no los derechos del investigado
La Segunda Sala Penal
de Reos Libres de la Corte Superior de Lima Norte no resolvió a favor de
Rodolfo Orellana Rengifo la demanda de habeas corpus que a través de su abogado
presentó contra la fiscal Marita Barreto Rivera, que lo investiga por el
presunto delito de lavado de activos.
El colegiado se
pronunció a favor de que el Cuarto Juzgado Penal de esta jurisdicción admita a
trámite la demanda constitucional a fin de que durante el proceso se aclare si
se afectó o no los derechos invocados por Orellana Rengifo.
Cabe precisar que en
primera instancia dicho juzgado rechazó de plano el habeas corpus y lo declaró
improcedente, supuestamente por carecer de sustento constitucional.
La resolución de la
Segunda Sala Penal de Reos Libres señala que la demanda de habeas corpus debe
ser admitida a trámite, al no concurrir las causales de improcedencia establecidas
en el artículo 5, inciso 1, del Código Procesal Constitucional.
En tal sentido,
dispuso que el recurso constitucional sea remitido al Cuarto Juzgado Penal de
Lima Norte a fin de que emita un
pronunciamiento de fondo que esclarezca si se vulneró los derechos invocados
por Orellana Rengifo.
Mediante el recurso
de habeas corpus se solicita se declare la nulidad de todas las disposiciones,
requerimientos y providencias emitidas por la fiscal Barreto Rivera a partir
del 24 de marzo del 2015, por cuanto esta fue supuestamente excluida de la
investigación preparatoria por disposición superior.
La Segunda Sala Penal
de Reos Libres está integrada por los jueces doctor David Lecaros Chávez,
Agustín Reymundo Jorge y María Elena Jo Laos.
Lima, 7 de enero de 2016
