El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial
(CEPJ) dispuso mediante Resolución Administrativa N° 304-2018-CE-PJ, que el
periodo vacacional de los magistrados y el personal auxiliar para el Año Judicial
2019 serán efectivas del 1 de febrero y
el 2 de marzo de 2019.
En este lapso, a nivel nacional funcionarán
los órganos jurisdiccionales de emergencia, los cuales serán designados por los
presidentes de corte, a fin de asegurar
el adecuado y permanente servicio de justicia a la ciudadanía. .
Estos juzgados
y salas de emergencia continuarán tramitando los procesos que tienen a su
cargo, además de atender las materias de los órganos jurisdiccionales que gozarán
de las vacaciones.
En la especialidad Penal serán atendidos en
este periodo, procesos de hábeas corpus, calificación de denuncias con
detenidos, trámite de libertades, apelación de mandato de detención, trámite de
procesos con reos en cárcel, homonimias y rehabilitaciones.
De igual modo, en materia Civil verán acciones
de garantías y medidas cautelares fuera de proceso; en Familia consignaciones
de alimentos, autorización de viajes de menores, violencia contra las mujeres y
los integrantes del grupo familiar, tutela de menores en abandono, entre otros.
En materia Laboral serán atendidas consignaciones
laborales.
CORTE SUPREMA
En la Corte Suprema laborará la Sala Penal Permanente y una mesa de partes que recibirá
los asuntos correspondientes a las materias Civil así como de Derecho Constitucional
y Social.
Por otro lado, en la Corte de Lima las salas y
juzgados del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, las
salas penales liquidadoras y de apelaciones, juzgados de investigación preparatoria,
juzgados penales unipersonales, programarán el descanso teniendo en cuenta los
plazos procesales.
También observarán esta disposición los órganos
jurisdiccionales de Flagrancia, Omisión de Asistencia Familiar y Conducción en
Estado de Ebriedad o Drogadicción, así como los órganos jurisdiccionales que
conforman la Sala Penal Nacional.
Los jueces que trabajen del
1 de febrero al 2 de marzo de 2019 harán uso de sus vacaciones según las
necesidades del servicio entre los meses de abril a noviembre del mismo año,
previa autorización del Consejo Ejecutivo.
Además, las audiencias,
informes orales y otras actuaciones judiciales fijadas para el mes de vacaciones,
que carezcan de carácter de urgencia, serán reprogramadas de oficio de forma
preferente para el mes de marzo de 2019.
Lima, 26 de diciembre de
2018
Jueces trabajando por una nueva
justicia sin corrupción ni privilegios