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En segundo día de actividad académica que se desarrolla en Trujillo

JUEZ SUPREMO CÉSAR SAN MARTÍN EXPUSO EN CONGRESO INTERNACIONAL SOBRE UNIDADES DE FLAGRANCIA

  • Magistrado afirma que “proceso inmediato por flagrancia es un tema complejo pero con pautas para hacerlo viable”. 

En el marco del Congreso Internacional de Flagrancia, denominado “La criminalidad como flagelo, las unidades de flagrancia como respuesta efectiva”, en la ciudad de Trujillo, el juez supremo César San Martín Castro brindó una conferencia magistral sobre los conceptos y tratamiento procesal de la flagrancia delictiva.

El expresidente de la Corte Suprema, en su ponencia, reconoció que el proceso inmediato por delitos de flagrancia es un tema complejo, difícil; sin embargo, expresó  que existen criterios, pautas, buenas prácticas que pueden hacer viable este tipo de procesos.

“No es que hayan surgido bajo una construcción autoritaria, propio de las dictaduras, totalitaria, fascista. De eso no se trata. La historia misma de la flagrancia y de los procesos acelerados va por otro camino. Desde luego que cuando hay una dictadura, todo está manchado”, explicó.

No obstante, San Martín Castro afirmó que en democracia y con jueces independientes, estos problemas se minimizan, se reducen al mínimo, por tanto consideró que lo que corresponde es reordenar las prácticas, los protocolos de actuación para trabajar esta idea.

Añadió que si estos procesos son simples, no hay porqué demorar mucho, y si el esclarecimiento ha sido evidente por la flagrancia, por la confesión, no hay nada que objetar.

“Pero sí se requiere modificar nuestra organización para resolver tantos casos pendientes que se erigen como un factor no sólo de inseguridad ciudadana, sino como una crítica constante y permanente a la actividad de los fiscales, los jueces y la policía”, acotó.

San Martín Castro expuso además la cronología sobre los orígenes del tratamiento procesal de la flagrancia delictiva y las repercusiones de este tipo de delitos en el Código Procesal Penal de nuestro país.

FLAGRANCIA

Explicó que la flagrancia es la situación en que una persona es descubierta mientras comete el hecho delictivo o acaba de cometerlo, de acuerdo con el artículo 259 del nuevo Código Procesal Penal.

Indicó que la regulación de la flagrancia en el Código Procesal Penal de 2004 establece cuatro supuestos de flagrancia delictiva: a) la flagrancia propiamente dicha; b) la cuasi flagrancia; c) la presunción de flagrancia “virtual”; y d) la presunción de flagrancia “diferida”.

En los dos últimos supuestos, la persona puede ser detenida hasta antes de las veinticuatro horas contados desde que se produjo el hecho.

El Congreso Internacional de Flagrancia que empezó ayer con la participación de ponentes nacionales e internacionales concluirá mañana sábado 2.

Trujillo, 01 de julio de 2022


Fecha de Publicación 01/07/2022



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