PODER JUDICIAL: INVESTIGACIONES A FUNCIONARIOS PÚBLICOS HA AUMENTADO EN UN 30 % EN EL ÚLTIMO AÑO
En el último año,
el número de investigaciones a funcionarios por delitos contra la
administración pública ha ido en aumento, así lo confirmó el juez de
investigación preparatoria de la Corte Suprema, Juan Carlos Checkley Soria,
quien viene ejerciendo este importante cargo desde el 3 de enero del 2022.
“Evidentemente hay
muchos más casos o más notorios. Desde mi nombramiento hasta la fecha el número
de investigaciones ha crecido en un 30 %”, expresó.
Agregó que no solo ha
aumentado el número de investigaciones sino también el nivel de jerarquía de
los funcionarios públicos investigados, lo cual, dijo, dificulta o complica el
nivel de investigación.
“No solo ha crecido
el número (de investigaciones) sino también el nivel de jerarquía de los
funcionarios públicos, lo que es público y notario”, afirmó el juez supremo,
quien tiene entre sus funciones resolver las medidas restrictivas solicitadas
por el Ministerio Público contra altos funcionarios.
Al respecto, Checkey
Soria explicó que entre las medidas restrictivas de derechos que pueda
solicitar el fiscal están el impedimento de salida del país, la detención
preliminar o la prisión preventiva, siendo esta última la más extrema.
“Para otorgar una
prisión preventiva se deben cumplir tres requisitos. El primero, que la persona
esté vinculada a un hecho delictuoso; el segundo, que la pena sea mayor a
cuatro años y, por último, que el investigado no cuente con arraigo
domiciliario, familiar, económico, que haya indicios de fuga o que pretenda
obstaculizar las investigaciones”, detalló.
MEDIDAS RESTRICTIVAS
Respecto al
organismo encargado de solicitar las medidas restrictivas, Checkley Soria
precisó que esta función solo le corresponde el Ministerio Público y, de manera
excepcional, al Congreso.
“En general todas
medidas restrictivas son solicitadas por el Ministerio Público, el Congreso
puede pedir algunas medidas como el levantamiento del secreto de las
comunicaciones; pero no puede pedir prisión preventiva, esta facultad solo le
corresponde al fiscal y el único que la puede dar es el juez”, precisó.
Por otro lado,
señaló que el juez solo puede actuar de oficio cuando está de por medio la
libertad de un investigado, cuyo plazo de detención ya venció y el fiscal no se
ha pronunciado al respecto.
“Los jueces
actuamos en virtud de los requerimientos que hace la Fiscalía, pero si esta
pide la detención preliminar o prisión preventiva de una persona por
determinado plazo y este concluye y no hay pronunciamiento fiscal, el juez
tiene que disponer su libertad”, explicó.
En relación con los
plazos que tiene un juez para resolver una medida restrictiva de derechos, el
juez supremo explicó que esto depende del número de imputados o del tipo de
investigación.
“La regla general
es que el juez tiene que resolver de inmediato, pero depende del tipo de caso,
de las personas que están involucradas y lo que presente la Fiscalía. Evaluar
lleva tiempo, pero si la Fiscalía otorga todos los elementos solicitados el
pedido puede ser resuelto de inmediato”, finalizó.
Lima, 26 de marzo del 2023