PODER JUDICIAL DICTÓ CERCA DE MIL SENTENCIAS Y RECUPERÓ PARA EL ESTADO S/401 MILLONES POR EXTINCIÓN DE DOMINIO
El
coordinador del Subsistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio, juez
supremo Manuel Luján Túpez, reveló que estos órganos jurisdiccionales dictaron
932 sentencias que permitieron recuperar para el Estado bienes por 401 millones
de soles, desde el 2019 a noviembre de este año.
Explicó
que el Estado ha establecido que el proceso de extinción de dominio puede
comprender cualquier actividad ilícita que genere ganancias o que esté
vinculada con la criminalidad organizada: narcotráfico, corrupción de
funcionarios, terrorismo, secuestro, trata de personas, defraudación
tributaria, delitos ambientales, lavado de activos u otras, siempre que generen
ganancias.
Explicó
que el proceso de extinción de dominio persigue los bienes obtenidos con el
producto de las actividades ilícitas, y no a las personas quienes son sometidas
a un proceso penal, siempre y cuando la Fiscalía ubique a quiénes pertenecen
esos capitales.
Indicó,
que en muchos casos como en el Vraem, Ayacucho, Junín, Tacna y otras zonas, las
personas no son ubicadas y abandonan sus bienes. “Entonces, el Estado acude ahí
para recuperarlos y extinguirlos”, remarcó.
Luján
Túpez precisó que el proceso de extinción de dominio es una especialidad
jurisdiccional que aparece en el Perú en el 2019, y que antes había un proceso
parecido denominado pérdida de dominio.
Recordó
que desde el 2007 hasta el 2019 existió el proceso penal de pérdida de dominio,
que únicamente se encargada de los delitos, pero no siempre se podía decomisar
e incautar bienes vinculados con el delito.
Señaló
que en este lapso se emitieron apenas 34 sentencias por pérdida de dominio, que
permitieron transferir bienes al Estado por 25 millones 720 mil soles.
CASOS
Luján
Túpez informó algunos casos existentes en este subsistema como el del
traficante de armas Moshe Rothschild, quien no pudo ser juzgado porque vivía en
el extranjero, y puso el dinero ilícito obtenido de la venta de aviones y armas
a Perú en los años 90, en paraísos fiscales de Luxemburgo y Suiza.
En
este caso, explicó, el dinero no estaba a su nombre sino de sus familiares, a
quienes se les demandó para que demuestren al juzgado de dónde obtuvieron cerca
de 4 millones de dólares, y no pudieron demostrarlo. El dinero está en camino a
ser repatriado al Perú.
Otro
caso es la incautación de seis barras de oro en el Callao. “Cuando se pidió a
la persona que iba a enviarlas a Canadá, y se le preguntó de dónde las había
sacado presentó un registro de minero informal, pero cuando se le pidió el
reporte de cuánto oro extrae, dónde los procesó, qué cantidad de mercurio
utilizó para sacarlo de la tierra, no pudo demostrarlo”.
Las
seis barras de oro, sostuvo, están valorizadas en más de dos millones de
dólares.
PROYECTO DE LEY
El
magistrado comentó un proyecto de ley que está en debate en la Comisión de
Justicia del Congreso, el cual buscaría volver a la figura de la pérdida de
dominio.
“Este
proyecto de ley quiere regresar a lo anterior, a lo que era pérdida de dominio,
volver solo a los delitos”, puntualizó.
“El
presidente del Poder Judicial ha remitido un oficio no solo a la Comisión de
Justicia del Congreso, sino que ha emitido una resolución corrida donde deja
sentada la posición del Poder Judicial señalando que no estaba de acuerdo con
ese proyecto, y que lo conveniente era abrir un debate con expertos, personas
que conozcan el tema, con los jueces de extinción de dominio, los jueces
penales”, indicó.
“Quizá
se puede producir una mejor norma que contribuya al servicio del país, así como
contribuye la de extinción de dominio, porque nos ha permitido atacar el
narcotráfico, la corrupción de funcionarios, el lavado de activos, la tala
ilegal, la minería ilegal, básicamente”, refirió.
Lima, 21 de diciembre de
2023