SALA PLENA DEL PODER JUDICIAL APRUEBA PROYECTO DE LEY PARA INCORPORAR PERSONAL CAS AL RÉGIMEN 728
A fin de lograr igualdad laboral
de todo el personal jurisdiccional y administrativo, la Sala Plena del Poder
Judicial aprobó el proyecto de Ley que incorpora a los trabajadores comprendidos
en el Decreto Legislativo N° 1057 (Contrato de Administración de Servicios-CAS)
de la institución al régimen laboral previsto en el Decreto Legislativo N° 728.
Así lo sostuvo la máxima
autoridad judicial, Janet Tello Gilardi, en reunión con los representantes sindicales,
a quienes les informó que esta iniciativa legislativa aprobada por la
institución que será remitida esta semana al Congreso de la República.
En la cita, participaron los
representantes de la Federación Nacional de Sindicatos del Poder Judicial (Fensasipoj),
Federación Nacional
de Trabajadores (FNTPJ), Sindicato Nacional de Trabajadores (Sintrajup) y
Federación de Trabajadores del Poder Judicial (Fetrapoj).
Estuvieron presentes en la
reunión el juez supremo Ramiro Bustamante Zegarra, la gerenta General, Claudett
Delgado Llanos, así como la jefa de Gabinete de Asesores, Susana Silva
Hasembank.
VOLUNTAD POLÍTICA
Tello Gilardi sostuvo que la
aprobación de este proyecto en la Sala Plena constituye un primer paso para a
reconocer los derechos de las trabajadoras y trabajadores judiciales que están
en el régimen CAS.
Ante los representantes
sindicales, la magistrada remarcó la voluntad política del Poder Judicial para
salvaguardar los derechos laborales y resaltó la confianza mutua en esta tarea.
Al respecto, los representantes
de los sindicatos saludaron el anuncio y reconocieron la labor que está
realizando la Presidenta del Poder Judicial en favor esta causa.
Cabe señalar que el referido proyecto de Ley propone
incorporar al régimen 728 tanto a trabajadores CAS con plazo indeterminado, así
como aquellos que, a la fecha de promulgación, hayan sido contratados con
plazas transitorias de presupuesto sostenible y también los que han ingresado
por concurso público.
La propuesta no incluye al personal CAS con labores sujetas
a proyectos de inversión o que sean temporales y duración determinada, labores
de suplencia, cargos de dirección o de confianza, así como los que hayan
ingresado por contratación directa, sin concurso público de méritos.
De otro lado, la fórmula legal plantea que la incorporación
será de forma progresiva, conforme a la disponibilidad presupuestal de la
institución, en un plazo que no exceda cuatro ejercicios fiscales,
prevaleciendo la antigüedad y cantidad de años de servicios en el cargo.
Asimismo, el Poder Judicial, mediante disposición
administrativa interna, designará una comisión, con participación de los
representantes de las y los trabajadores, que tendrán la condición de veedores,
garantizando la transparencia y cumplimiento de la normativa.
CUARTO TRAMO
En la reunión, la presidenta del Poder Judicial recordó
también que se ha presentado un proyecto de Ley del cuarto tramo de la escala
remunerativa para el personal administrativo y jurisdiccional sujeto al Régimen
728.
“Vamos a ver cómo impulsamos en el Congreso de la República
estas leyes para que se reconozca la escala remunerativa, especialmente de
quienes ganan menos de S/ 1 900.00”, concluyó.
Lima, 10 de junio del 2025