CORTE SUPREMA REALIZA ESTE 4 DE JUNIO AUDIENCIA PARA ESTABLECER JURISPRUDENCIA SOBRE TENENCIA COMPARTIDA
La Sala Civil
Transitoria de la Corte Suprema de Justicia, que preside el juez Carlos Arias
Lazarte, realizará este jueves 4 de junio, a las 9:00 de la mañana, una
audiencia de casación con fines de desarrollo de doctrina jurisprudencial en
materia de tenencia compartida de menores (Ley n.° 31590).
Este acto procesal
se efectuará para resolver el recurso de casación n.° 060-2024-Moquegua, el
cual fue declarado procedente por el citado tribunal al amparo del artículo 387
del Código Procesal Civil.
Las causales que
evaluará el colegiado supremo en este caso son: infracción normativa del
principio de interés superior del niño, así como los artículos 3 y 9 de la
Convención sobre los Derechos del Niño.
El magistrado refirió
que actualmente existe un gran número de procesos judiciales sobre la
mencionada materia y sentencias con criterios jurisdiccionales diversos,
incluso contradictorios.
Asimismo, explicó
que los órganos jurisdiccionales del país están expidiendo resoluciones bajo
modalidades o condiciones variadas para la tenencia compartida de los hijos o
hijas de menor edad.
Por ello, sostuvo,
que la sala que preside programó esta audiencia con el propósito de uniformizar
los criterios jurisdiccionales sobre el tema y dar soluciones idénticas en
casos similares, lo cual fortalecerá la predictibilidad.
“Hemos podido
constatar que vienen dictando medidas como, por ejemplo, tres días con el papá
y cuatro días con la mamá, una semana con el padre y otra con la madre o un mes
con el padre y otro con la madre; esto no puede ser, porque causa inestabilidad
emocional en la niña o el niño”, indicó.
Esta sala, además
de Arias Lazarte, está integrada por la jueza suprema titular Emilia
Bustamaante Oyague, la magistrada Carmen Julia Cabello Matamala, así como por
los jueces José Wilfredo Díaz Vallejos y Henry Antonino Huerta Saénz.
ANALIZAR
CONDICIONES
De acuerdo con la
resolución que convoca a la audiencia, ante esta situación es necesario
determinar si tales regímenes de tenencia compartida constituyen modelos que
benefician o no el desarrollo integral de los menores.
El documento
señala, además, que debe evaluarse si es posible que los padres pueden ejercer
sus derechos y deberes bajo la modalidad de tenencia compartida sin necesidad
de que sus hijos tengan que mudarse periódicamente de residencia, sea a la casa
del padre, de la madre o viceversa.
Por ello, añade, es
necesario analizar las condiciones, presupuestos, requisitos y circunstancias
que se requieren para fijar la tenencia compartida, así como las modalidades
respectivas.
El tribunal ha
invitado a profesionales de alto nivel, nacionales y extranjeros, en calidad de
amicus curiae (amigos de la Corte), que son expertos en la materia, quienes
brindarán sus aportes técnicos o científicos para resolver mejor el caso en
aras del interés superior del niño.
Este acto procesal
se llevará a cabo de manera presencial en el auditorio César Vallejo del
Palacio Nacional de Justicia, ubicado en el cuarto piso de Palacio Nacional de
Justicia, que funcionará como sala de audiencia.
Los abogados de las
partes procesales tendrán cinco minutos para hacer su informe oral, en caso lo
soliciten de manera oportuna y expresa, y si no pueden concurrir en forma
presencial podrían intervenir de manera virtual.
Lima, 2 de junio
de 2026