ÓRGANOS JURISDICCIONALES DE EMERGENCIA ATIENDEN EN TODO EL PAÍS ESTAS VACACIONES JUDICIALES DE FEBRERO
El servicio no para. A través de la Resolución
Administrativa N° 000419-2025-CE-PJ, el Poder Judicial, que preside Janet Tello
Gilardi, dispuso el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales de
emergencia designados, durante las vacaciones judiciales del 1 de febrero al 2
de marzo del presente año 2026.
Así lo determinó Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial (CEPJ), cuya atribución es emitir acuerdos y demás medidas necesarias,
para que las dependencias de este poder del Estado funcionen con celeridad y
eficiencia.
El órgano de gobierno estableció que la Sala Penal
Permanente de la Corte Suprema continúe atendiendo los expedientes a su cargo;
así como las instituciones de emergencia que se presenten en la Sala Penal
Transitoria de esta alta instancia.
En tanto que una Mesa de Partes reciba los asuntos
correspondientes a las materias Civil, Penal y de Derecho Constitucional y
Social; además, que continúe sus funciones la Sala Penal Especial y el Juzgado
Supremo de Investigación Preparatoria de la Corte Suprema.
“Las referidas salas penales, el Juzgado Supremo de
Investigación Preparatoria y la Mesa de Partes contarán con el personal mínimo
necesario, para el cumplimiento de las funciones encomendadas”, precisa la
normativa.
CORTES SUPERIORES
Asimismo, el CEPJ señaló que operarán los órganos
jurisdiccionales de emergencia determinados por las presidencias de las cortes
superiores de justicia del país, en el periodo señalado.
Por lo que estos despachos están abocados a tramitar
los procesos a su cargo; además, atienden exclusivamente las siguientes
materias de los órganos jurisdiccionales que salen de vacaciones: Penal (Hábeas
Corpus, calificación de denuncias con detenidos, apelación de mandato de
detención, otros).
En Civil (acciones de garantías y medidas cautelares
fuera de proceso), Familia (consignaciones de alimentos, autorización de viajes
de menores, violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar,
tutela de menores en abandono y menores infractores, ampliación de régimen de
visitas).
También Laboral (consignaciones laborales), así como
todas aquellas solicitudes que los jueces y juezas, de acuerdo con su facultad
discrecional, consideren de urgente atención en materia Contencioso
Administrativa, Constitucional y Previsional, u otras peticiones que estimen
pertinentes.
El CEPJ indicó, de otro lado, que, en cada juzgado penal,
cuyo personal se encuentre gozando de vacaciones en febrero, un asistente
judicial reciba y tenga a su cargo los expedientes en giro y en archivo, para
que se dé trámite a asuntos materia de requerimiento previsto en la mencionada
resolución.
Además, que los jueces, juezas y personal auxiliar
que no tengan el récord laboral exigido, no salen de vacaciones y conformarán los
órganos jurisdiccionales de emergencia, por disposición de la Presidencia de la
corte superior correspondiente.
“Los órganos jurisdiccionales de emergencia que
recaigan en juzgados mixtos, deben cubrirse en forma prioritaria con los
referidos jueces y juezas”, ordena la referida resolución.
Cabe señalar, asimismo, que los titulares de las cortes
del país designarán al personal mínimo necesario para el eficaz funcionamiento
de los órganos jurisdiccionales de emergencia; quedando facultados a conformar
otros que se requieran, así como, a adoptar acciones convenientes en casos no
previstos.
La resolución ha sido notificada a la Presidencia
del Poder Judicial, Presidencia de las Salas Permanentes y Transitorias de la
Corte Suprema, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Ministerio
Publico, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
También a la Presidencia de las Cortes del país, la Coordinadora
Nacional del Sub Sistema Especializado en Extinción de Dominio, Centro de
Investigaciones Judiciales, Oficina de Control Institucional del Poder
Judicial, Procuraduría Publica del Poder Judicial; y a la Gerencia General del
Poder Judicial.
DATO
Debe destacarse que, como todos los años, el goce
vacacional de jueces y juezas, así como del personal auxiliar jurisdiccional y
administrativo, es en el mes de febrero, por lo que el periodo correspondiente
al periodo 2025-2026, se realizará del 1 de febrero al 2 de marzo.
Lima, 2 de febrero de 2026