Conciliación judicial: mecanismo alternativo de solución de conflictos en el proceso civil oral
- Juez civil explica que este mecanismo procesal, además de resolver conflictos con mayor celeridad, fortalece el modelo de oralidad civil al propiciar el diálogo entre las partes.
La conciliación judicial se ha consolidado como un mecanismo eficaz para agilizar los procesos civiles y reducir la carga en los órganos jurisdiccionales, destacó el doctor Jaime David Abanto Torres, juez superior provisional de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, durante su participación en el programa “Hablando de Oralidad”.
El magistrado subrayó que la conciliación judicial, si bien tiene particularidades propias, puede enriquecerse con las técnicas de la conciliación extrajudicial. “Es bueno que los colegas que practican la conciliación judicial tengan alguna expertiz en conciliación extrajudicial, porque ahí se enseñan técnicas muy útiles. Ese puente entre la conciliación extrajudicial y la judicial se está construyendo y es positivo que se capacite a los jueces en este ámbito”, señaló.
Respecto a las dificultades para lograr acuerdos en los procesos civiles, Abanto advirtió que existen limitaciones legales que reducen el margen de actuación del juez conciliador. A ello se suma la persistente “cultura del litigio” en la sociedad y la falta de asesoría adecuada de muchos abogados a sus clientes.
“El Código Procesal Civil restringe al juez a conciliar solo sobre las pretensiones de la demanda y la reconvención. Además, la ciudadanía desconoce que puede resolver sus conflictos mediante el diálogo, y el abogado muchas veces solo impulsa el juicio como alternativa”, remarcó.
Abanto Torres destacó, sin embargo, que la formación de nuevas generaciones de profesionales del derecho viene incorporando cursos de negociación, conciliación y arbitraje, lo que permitirá que los futuros abogados ofrezcan más alternativas a sus patrocinados.
“El abogado moderno no solo debe ser bueno en litigios, también en contratación, consulta y en medios alternativos de solución de conflictos. En materia civil se podrían resolver muchas controversias ahorrando tiempo y costos de un proceso judicial”, afirmó.
Técnicas conciliatorias
En relación con las técnicas para propiciar acuerdos en audiencia, el magistrado compartió una serie de recomendaciones prácticas. Entre ellas destacó la preparación anticipada, la escucha empática, la identificación de intereses y el uso responsable de fórmulas conciliatorias.
“El juez tiene que estudiar el expediente y especialmente el acta de conciliación extrajudicial. Aunque allí no se haya alcanzado un acuerdo, el hecho de que las partes se hayan presentado revela interés en resolver el conflicto. Eso abre una esperanza para la audiencia judicial”, explicó.
Asimismo, enfatizó la importancia de la actitud del juez en el inicio de la audiencia. “Lo primero es ganarse la confianza de las partes, marcar las reglas de respeto y transmitir que la conciliación mira hacia adelante, no al pasado. Todo lo que se diga no tendrá valor probatorio, y eso les permite hablar con libertad”, explicó.
El magistrado concluyó resaltando que la conciliación judicial puede ser aplicada en cualquier etapa del proceso y que constituye una vía idónea para fomentar la paz social.