La atención del juez y el tiempo disponible son condiciones esenciales para una audiencia preliminar eficaz

NOTA DE PRENSA N° 031-2026-ETII ORALIDAD CIVIL

  • El abogado y especialista en derecho procesal Francisco Zegarra destacó que la oralidad debe garantizar una verdadera inmediación y un contradictorio que permita obtener información de calidad.

La atención del juez y el tiempo disponible constituyen dos condiciones fundamentales para que la audiencia preliminar cumpla adecuadamente su finalidad dentro del proceso civil oral. Así lo sostuvo el abogado litigante Francisco Zegarra Valencia durante una entrevista en el programa “Hablando de Oralidad”, donde reflexionó sobre los desafíos y oportunidades del modelo de oralidad implementado por el Poder Judicial.


Al abordar las condiciones necesarias para el adecuado funcionamiento de la audiencia preliminar, Zegarra explicó que la discusión sobre la viabilidad de los modelos orales ha acompañado a la doctrina procesal durante más de un siglo y continúa siendo un tema vigente en distintos sistemas judiciales.


“Lo importante para que se realicen audiencias orales radica en dos elementos. En primer lugar, la atención del juez, que viene a ser el elemento principal de la inmediación; y, en segundo lugar, el tiempo, que viene a ser un recurso escaso”, señaló.

Zegarra Valencia indicó que la oralidad no debe reducirse a una mera formalidad o a la realización protocolar de audiencias, sino que debe constituir un espacio real de debate entre las partes.


“Lo mejor que puede ofrecer la oralidad es el debate, donde el juez se presente como el director y genere el contradictorio. La oralidad lo que hace es maximizar el contradictorio”, afirmó.


Asimismo, el especialista resaltó la importancia de que tanto magistrados como abogados lleguen adecuadamente preparados a las audiencias, con pleno conocimiento del caso y de los puntos de discusión que serán objeto del debate procesal.


En ese sentido, destacó el papel que desempeñan los abogados dentro del modelo oral y recordó que las reformas procesales más exitosas de la historia estuvieron acompañadas de intensos procesos de capacitación dirigidos tanto a la judicatura como a los litigantes.


“Un abogado cuando lleva un caso tiene una responsabilidad con el cliente, con el proceso y con el juez, y debe estar preparado precisamente para la oralidad y sus protocolos. Ello debe ser una obligación, no solo un deber, por parte de los abogados”, indicó.


Gestión corporativa


Otro de los aspectos abordados fue la transformación de la gestión judicial a través de los Módulos Corporativos Civiles de Litigación Oral, mecanismo que permite separar las labores jurisdiccionales de las actividades administrativas.


Al respecto, destacó que este modelo contribuye a que los jueces concentren sus esfuerzos en las funciones jurisdiccionales del proceso.


“El case management le da al juez el tiempo necesario para que se dedique a lo realmente importante: hacer audiencias y emitir fallos”, manifestó.


Zegarra añadió que esta reorganización constituye uno de los aspectos más valiosos de la reforma judicial en marcha, pues permite que el magistrado dedique su atención a la actuación probatoria, las audiencias y la emisión de resoluciones.


“Esta división me parece que es una de los aspectos más positivos que tiene actualmente la reforma que realiza el Poder Judicial”, puntualizó.


Procesos por audiencias


Zegarra Valencia también planteó una reflexión sobre la forma en que se concibe actualmente el proceso oral. Explicó que los sistemas procesales contemporáneos combinan actuaciones escritas y orales, por lo que resulta más preciso hablar de “procesos por audiencias”. 


“La verdad es que nosotros no tenemos procesos orales o procesos escritos; todos son procesos mixtos. La forma en que se exterioriza la oralidad viene a ser por audiencias”, explicó.


En ese contexto, destacó el aporte de las nuevas tecnologías para fortalecer los principios procesales tradicionales y adaptarlos a las exigencias contemporáneas.


“Nuestros principios pueden ser viejos, pero no lo deben ser nuestros procesos”, señaló.


Asimismo, valoró iniciativas como el Expediente Judicial Electrónico, la Mesa de Partes Electrónica y otras herramientas tecnológicas impulsadas por el Poder Judicial.


Finalmente, reiteró la necesidad de que la oralidad, para consolidarse plenamente, se desarrolle en condiciones que aseguren una verdadera inmediación judicial, una atención efectiva del juez y la asignación del tiempo necesario para que las audiencias cumplan su finalidad y produzcan resultados efectivos en beneficio de los justiciables.


Lima, 17 de junio 2026