El día lunes 28 de junio del año en curso, el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, a través del Canal del Poder Judicial “Justicia TV”, tuvo como invitado en su programa “Oralidad en los Procesos Civiles”, conducido por el doctor Héctor Lama More, presidente del ETIIOC, al Dr. Nelson Ramírez Jiménez, profesor universitario, abogado y especialista en procesos civiles y arbitrales.
Sobre este importante tema, el doctor Nelson Ramírez Jiménez, sostuvo que se publicó el Proyecto del Nuevo Código Procesal Civil, lo que se quiere es ordenar la actuación procesal, manifestó que la Audiencia Preliminar pretende que la teoría del caso sea focalizada y es importante la conciliación, pero la esencia es la fijación de los puntos controvertidos, está diseñada para que el Juez dirija la audiencia, citó como ejemplo a Colombia donde los abogados solicitan se mantenga la virtualidad procesal, aún cuando se supere el Covid, porque es más expeditivo, señaló que es un instrumento absolutamente necesario y que la virtualidad va de la mano con la oralidad.
Además, señaló que hay una serie de disposiciones que ayudan a entender mejor el tema de la Oralidad, manifestando que hay una excesiva carga procesal en el Poder judicial, motivo por el cual se quiere ordenar la Oralidad; ejemplo, manifestó que la prueba testimonial, se debe presentar por escrito y sólo si hay cuestionamiento se va a una audiencia de declaración de testigos, para efecto de observaciones. Considera también que la citación para las Audiencias Orales se regula de manera muy puntual, es estructurada y se debe cumplir a cabalidad, establece que el proyecto del Código es anti nulidades, busca no dilatar el proceso.
Considera que la Oralidad es un instrumento; la audiencia pre liminar busca tener claro el caso, que vendría a ser la definición del proceso. La Conciliación se debe intentar en la actuación preliminar porque se establece los temas a debatir y saber cuál es el eje central.
Asimismo, acotó que el Juez es el director, conductor del proceso, que establece en el proyecto del CPC artículo 263, inciso 2, acápite c; se permiten pactos procesales, el Juez puede escuchar alegatos y evaluar la prueba por sí solo y ante sí mismo, eso es lo excepcional, en la audiencia de pruebas.
Considera también, que se espera abogados con esencia y no abogados clásicos, se requiere ideas claras, pretensiones precisas y coherentes, establecer bien la diferencia entre el tipo de pretensión y la prueba que se ajuste al petitorio, si el abogado presenta bien su demanda cumple con su labor (no pueden pedir alegatos en una audiencia distinta).
Entonces, destacó; el trabajo debe ser intenso en los actos centrales siendo la demanda, audiencia de saneamiento, audiencia de pruebas con alegatos (actuación inmediata o actuación diferida), se debe fijar en la eficacia y control de calidad de sentencia.
De otro lado sostuvo, que en la Segunda Instancia la actuación probatoria se realizará en los canales virtuales de la propia Sala, se estima el acervo probatorio de la primera instancia que le es insuficiente y considere, actuará una prueba de oficio.
Hay que tener en consideración que cuando se trata de prueba de oficio, se descarta la lógica existente y tiene que haber contradictorio previo, poniendo a conocimiento de las partes y expresen lo conveniente de acuerdo a su criterio.
Finalmente, refirió que hay Instituciones o elementos, que ayudan a mejorar el Proceso de Oralidad Civil, por ejemplo, el proceso monitorio para la destitución de bienes inmuebles este proceso va a ser una ayuda para desagregar la montaña de procesos en desalojo; la Casación es necesario incentivar cambios muy fuertes.
En cambio, su regulación normativa va a darle el impulso que requiere, a los programas como el que dirige el doctor Lama (ETII-Oralidad Civil), para que se fortalezcan y concluyó diciendo que la Oralidad es una llave maestra para lograr objetivos que todos queremos.
Este importante programa se repetirá el día sábado 03 y domingo 4 de julio a las 8:00 de la mañana. Asimismo, el día lunes 05 de julio, a las 7:10 de la noche, se entrevistará al Dr. Gerardo Sánchez Porturas, Juez Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte y Coordinador del MCCLO, en dicha Corte, quien abordará el tema “Saneamiento Procesal como correcta Fijación de Puntos Controvertidos”.