JURISPRUDENCIA NACIONAL
Sentencias presentadas en el Concurso de Resoluciones Judiciales
RECURSO DE NULIDAD N° 1314-2022 LIMA ESTE
Materia: Estereotipos de género en el delito de Feminicidio
Juez/a: Plascencia Rubiños
Órgano: Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República
EXPEDIENTE N° 08278.2023 LIMA SUR
Materia: Violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar
Juez/a: Alba Pamela Guzmán Salazar
Órgano: Módulo Judicial Integrado en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar- Sub Sede Chorrillos
EXPEDIENTE 00250-2021 CUSCO
Materia: Declaración Judicial (Cambio de nombre)
Juez/a: Rafael Enrique Sierra Casanova
Órgano: Juzgado Civil de Santiago Corte Superior de Justicia de Cusco
ECURSO DE NULIDAD N° 1850-2022 LIMA ESTE
Materia: Feminicidio y estereotipos de género
Juez/a: Susana Castañeda Otsu
Órgano: Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República
RECURSO DE NULIDAD N.° 918-2022 (Proceso Penal)
Materia : Trata de personas
Juez/a : Iris Estela Pacheco Huancas
Órgano : Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República
Sumilla : El Recurso de Nulidad N.° 918-2022 Lima aporta a la correcta sanción de las y los tratantes de niñas, niños y adolescentes, toda vez que desarrolla valiosos criterios sobre cómo aplicar adecuadamente el enfoque de género, interseccional en casos de trata de personas, además de brindar pautas para solucionar supuestos en los que los tratantes alegan desconocer la edad de las víctimas menores de edad
EXPEDIENTE N.° 5857-2018 - Sentencia de fecha 1 de septiembre de 2021 (Proceso Penal)
Materia : Trata de personas
Juez/a : Lorena Teresa Alessi Janssen
Órgano : Décimo Juzgado Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima.
Sumilla : La sentencia distinguida constituye un precedente jurisprudencial al reconocer la alternatividad de las conductas de la trata de personas, evaluar las conductas consideradas neutrales y plantear una correcta distinción entre el transporte y el traslado con fines de explotación.
EXPEDIENTE N.° 03442-2015-0-0901-JR-PE-00 - Resolución N.° 2 de fecha 27 de julio de 2022 (Proceso Penal)
Materia : Trata de personas
Juez/a : Zayda Beatriz Suarez Aguilar
Órgano : Décimo Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de Independencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte
Sumilla : La sentencia emitida representa un avance en el reconocimiento de la tentativa de captación como modalidad de la trata de personas y en la aplicación de presentes jurisprudenciales como el Acuerdo Plenario 2-2005/CJ-116 para valorar el testimonio de la víctima.
EXPEDIENTE N.° 02045-2018-0-3207-JR-PE-07 - Resolución S/N de fecha 19 de agosto de 2022 (Proceso Penal)
Materia : Trata de personas
Juez/a : Karla Olga Domínguez Toribio
Órgano : Segunda Sala Penal de Apelaciones Permanente de San Juan de Lurigancho de la Corte Superior de Justicia de Lima Este
Sumilla : La sentencia señalada se destaca por desarrollar a profundidad el contenido de bien jurídica dignidad, reconocer la alternatividad de las conductas e interpretar la conducta de retención conforme a los estándares nacionales e internacionales.
ACUERDO PLENARIO N.º 04-2023/CIJ-112 DELITO DE TRATA DE PERSONAS
- DIFERENCIAS ENTRE TRASLADO Y TRANSPORTE.
- DELITOS DE ESCLAVITUD, SERVIDUMBRE Y TRABAJO FORZOSO. DELITO DE TRATA CON FINES DE EXPLOTACIÓN LABORAL DE MENORES DE EDAD.
- VENTA DE NIÑOS Y LA ADOPCIÓN IRREGULAR COMO FINES DE LA TRATA DE PERSONAS.
Establecer como doctrina legal los criterios expuestos en los fundamentos jurídicos 24, 26, 31, 38, 39, 40, 43, 44, 47, 48, 51, 54, 56, 57, 59, 61, 63 y 64 del presente Acuerdo Plenario.
EXPEDIENTE N°2457-2017 / CSJ AREQUIPA (Proceso Civil)
- Materia : Alimentos
- Juez/a : Andrea Carola Ponce Aguilar
- Órgano : 01° Juzgado de Familia de Arequipa
- Sumilla : Se consideró que el concepto de alimentos debe incluir la labor doméstica no remunerada realizada por la madre para educar y otorgar el bienestar integral para sus hijos, trabajo que emplea utilizando el tiempo que podría invertir para lograr su desarrollo profesional, debiéndose valorar ese doble esfuerzo (laboral y de cuidado) al momento de fijar el monto de la pensión de alimentos.