Casatorias
Casación Nº 195 – 2012 – Moquegua -- Delito Contra la Administración Pública- Cometidos por Funcionarios Públicos- Corrupción de Funcionarios- Peculado (Art. 376 al 401)
Decisión: Declararon INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por los encausados Henry Froilan Coayla Apaza y Luis Enrique Rodríguez Cuellar al no haber concurrido a la audiencia de casación. Declararon: Fundado el recurso de casación interpuestos por el encausado Jorge Manuel Sotomayor Vildoso, en consecuencia Casaron y declararon nula la sentencia de vista de fecha veintiocho de marzo de dos mil doce que revoco la sentencia de primera instancia en el extremo que absolvió a los antes citados del primer hecho que se les atribuyo, por el delito contra la Administración Pública, en la modalidad de peculado en agravio del Estado y la Municipalidad Provincial de General Sánchez Cerro.
Casación Nº 35 - 2012 - Huaura -- Delito Contra la Administración Pública- Cometidos por Funcionarios Públicos- Abuso de Autoridad (Art. 376 al 401)
Decisión: declararon fundado el recurso de casación interpuesto por el representante del Ministerio Público, en consecuencia casaron la resolución del once de noviembre del 2011, que confirmo la resolución del once de octubre del 2011, Actuando en sede instancia, revocaron la resolución de primera instancia, que declaró fundada la excepción de prescripción solicitada por la defensa del imputado Julio Cesar Castañeda Díaz, reformándola declararon infundada la excepción de prescripción, solicitada por la defensa del imputado; Reformándola, declararon infundada la excepción de prescripción, solicitada por la defensa del imputado.
Casación Nº 144 – 2012 - Ancash -- Delito Contra la Administración Pública- Cometidos por Funcionarios Públicos- Corrupción de Funcionarios- Peculado (Art. 376 al 401)
Decisión: declararon fundado el recurso de casación interpuesto por el Fiscal Superior Provisional de la Primera Fiscalía Superior Especializada en delitos de corrupción de Funcionarios del Distrito Judicial de Ancash, en cuanto solicita se fije como doctrina jurisprudencial: “sobre el plazo máximo para llevar a cabo las diligencias preliminares, cuando se trate de investigaciones complejas”; en el proceso penal seguido contra Cesar Joaquín Álvarez Aguilar por el delito contra la Administración Pública – peculado en agravio del Gobierno Regional de Ancash. Establecieron: de conformidad con lo previsto en el inciso cuatro del artículo cuatrocientos veintisiete del Código Procesal Penal, como doctrina jurisprudencial que: “tratándose de investigaciones complejas, el plazo máximo para llevar a cabo las diligencias preliminares es de ocho meses”.
Casación Nº 343 – 2012 - Lima -- Delito Contra la Administración Pública- Cometidos por Funcionarios Públicos- Corrupción de Funcionarios- Enriquecimiento Ilícito (Art. 401)
Decisión: declararon infundado el recurso interpuesto por la defensa técnica del procesado Arturo Ernesto Marquina González contra la sentencia, de vista del veinticuatro de julio de dos mil doce, que confirmando la de primera instancia de fecha veintiséis de abril del 2012, lo condeno como autor del delito contra la administración pública, enriquecimiento ilícito en agravio del Estado, a seis años de pena privativa de la Libertad y al pago de trescientos cincuenta nuevos soles, que por concepto de reparación civil deberá pagar el encausado en favor al agraviado; Mandaron que la presente sentencia casatoria sea leída, en audiencia pública por Secretaria de la Suprema Sala Penal del ocho de mayo del 2013.
Casación Nº 172 – 2011 - Lima -- Delito Contra la Administración Pública- Cometidos por Funcionarios Públicos- Corrupción de Funcionarios- Colusión (Art. 376 al 401)
Decisión: Declararon por mayoría FUNDADO el recurso de casación, interpuesto por el Fiscal Adjunto Superior, contra el auto de vista de fecha diecinueve de mayo del dos mil once, emitido por el Primer juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en delitos de Corrupción de funcionarios, que declaro fundada en parte la medida de tutela de derechos solicitada por la defensa del inculpado Martín Marcelo Benavente Zavala; y dispone que el Ministerio, Público Expida copia de las actuaciones principales; Dispone que defensor Público para efectos de ejercitar este derecho, cumpla previamente con señalar la condición especifica del beneficiado.